REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
Maracaibo, 04 de Abril de 2005 -.
l94 y l45

La presente causa segunda en contra de los ciudadanos RICHARD
ALEXANDER SANCHEZ, GILBERTO RAMON INCIARTE NAVARRO, Y WILFREDO JOSE CORDERO CARDENAS, venezolanos, naturales de Maracaibo, mayores de edad, y residenciados en Maracaibo Estado Zulia.
En fecha 13 de Diciembre de 2004 se llevo a cabo audiencia oral, en la cual se le concedieron a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público del Estado Zulia, treinta (30) días de prorroga para presentar Acto Conclusivo contado a partir de la presente fecha
Transcurrido corno ha sido el lapso acordado por este Tribunal sin que la Fiscalia haya presentado acto conclusivo, es por lo que se acuerda CESAR TODAS LAS MEDIDAS CAUTELARES, acordadas en su oportunidad a los imputados RICHARD ALEXANDER SANCHEZ, GILBERTO RAMON INCIARTE NAVARRO, Y WILFREDO JOSE CORDERO CARDENAS, en consecuencia este Tribunal de Control, considera procedente en derecho decretar el archivo de las actuaciones y en consecuencia el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que pesa sobre los mencionados imputados.


DECISIÓN

Por los fundamentos anteriormente expuesto, este Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a la cual se encuentra sometido el imputado identificado en actas, de conformidad con el art. 314 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese,.-Notifiquese las partes.
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EL JUEZ NOVENO DE CONTROL


DR HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
LA SECRETARIA


ABOG.PATRICIA ORDOÑEZ
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En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 603-05 en el Libro de Registro de Resoluciones llevado por este Tribunal durante el presente mes y año Líbrense Boletas de Notificaciones
LA SECRETARIA


ABOG: PATRICIA ORDOÑEZ




CAUSA N° 9C-482-03 HC V/frhr