REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Santa Bárbara de Zulia, 13 de Abril de 2005.-
194° -------------------------------- y -------------------------------------- 146°


En el día de hoy, Trece de Abril del año Dos Mil Cinco, día y fecha para llevar a efecto éste acto, y siendo las diez y treinta (10.30 a.m.), se trasladó y constituyó éste Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la Abogada en Ejercicio DUNIA CHIRINOS LAGUNA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 3.929.732, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°. 10.469, domiciliada en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y de Tránsito por acá, en la HACIENDA SANTA MARIA, ubicada en el kilómetro 24, Parroquia El Moralito, Municipio Colón del Estado Zulia, alinderada de la siguiente manera: Por el Norte, con fundo que es o fue de Jesús Rodríguez, Renato Carruyo y Cándida de Ramírez; Por el Sur, con fundos que son o fueron de Albonio Molina y Genoveva de Polanco; por el Este, con fundos que son o fueron de Luis Segundo Aguirre, Adán Badell y Jesús Guerrero; y por el Oeste, con fundo que es o fue de los Doctores Novoa Montero. Adquirida por José Ángel Sánchez Ferrer. Dicha hacienda se encuentra debidamente registrada mediante documentos Protocolizados en la Oficina de Registro Subalterno del Antiguo Distrito Colón del estado Zulia, en fecha 10 de septiembre de 1.957, bajo el N°. 117, Protocolo Primero, Tomo Tercero; en fecha 21 de Julio de 1.958, bajo el N°. 30, Protocolo Primero, Tomo Primero; en fecha 23 de Junio de 1.961, bajo el N°. 127, Protocolo Primero, Tomo Segundo, y Protocolizado el Contrato de Sociedad por ante la Oficina Subalterna de Registro Público antes mencionado, en fecha 05 de Junio de 1.973, bajo el N°. 90, Protocolo Primero, Tomo Tercero Principal, Segundo Trimestre y bajo el N°. 06, Protocolo Tercero Principal, Segundo Trimestre, en el Juicio de Resolución de Contrato incoado por las ciudadanas: ALICIA DE JESUS SANCHEZ DE ROMERO, ROSA ELENA SANCHEZ DE ORTEGA Y CARMEN DE JESUS SANCHEZ DE PIRELA conocida también como CARMELITA DE JESUS SANCHEZ DE PIRELA, contra los ciudadanos RAFAEL ANTONIO SANCHEZ AMESTY y EMIRO JOSE SANCHEZ AMESTY, según lo ordenado en el expediente N°. 3121 por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de realizar INVENTARIO DE LOS BIENES INMUEBLES por DESTINACION que forman parte de la Unidad Agropecuaria Hacienda SANTA MARIA para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción procede a nombrar PERITO PRACTICO al ciudadano ADALBERTO MONTIEL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 3.078.914, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia, quién estando presente acepto el cargo para lo cual fue designado y prestó el Juramento de Ley en la siguiente forma: ¿ JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES DEL CARGO PARA LO CUAL HA SIDO DESIGNADO? y contestó: SI LO JURO. En este estado el PERITO PRACTICO pasa hacer la relación del presente INVENTARIO DE BIENES INMUEBLES: Una casa de habitación principal compuesta de seis cuartos; una cocina con su cocina empotrada y gabinetes que cubren dos paredes, con su nevera; un comedor; siete salas sanitarias; dos salas de estar con dos clóset; una oficina con dos escritorios, una vitrina y un archivo de cuatro cuerpos; una lavadora marca Wirlpool sin serial visible; una lavadora chacachaca; dos bombonas para filtro de agua; cinco aires acondicionados sin marca ni serial visible; una radio repetidora marca Motorota sin serial visible; un juego de Sala de Bambú; en el patio y galpones se encuentran los siguientes: Cuatro carretas; una rastra de veinte discos; una rastra de dieciocho discos; un rolo de un cuerpo; una picadora; dos tanques para gasoil; un tractor marca Internacional, serial 675357C1-B, y serial del motor 360DTZU016783; Un yumbo marca Colmar serial T.9.2.R.S en mal estado; una lancha de fibra de vidrio con su remolque, sin marca ni serial visible; Un tractor Internacional N°. 724, serial 3057018-R3 en mal estado; Un tractor Internacional N°. 854-S, serial D030260D020728; Una estructura para portón eléctrico de tubos y vigas de Hierro de siete metros de largo por dos y medio de ancho aproximadamente; Un calentador para hierro; una podadora tipo carrito con sus cuatro cauchos en buen estado, pero con un caucho espichado, serial 2205B01498; dos trompos mezcladores manuales; Un esmeril modelo GA200 sin marca ni serial visible; dos cauchos para tractor N°.231-34; Un compresor marca Inaco con motor trifásico N°. 2580011451, D8.75 H. P y DE6.45KW en funcionamiento; una máquina fumigadora marca Ex -Cell modelo PSI, serial 149422; dos fumigadoras manuales con motor de ferrelá, marca Emak seriales 3533470795 y 3533470508 respectivamente; una soldadora marca Lincon, modelo Ac-225, serial 9422-206; Un equipo de acetileno con sus mangueras y manómetros; una cortadora manual marca Rockwell, modelo 4525 Type-2 sin serial visible; veinte cantaras para leche aproximadamente; siete lámparas eléctricas marca Phillips, y gran cantidad de herramientas y repuestos usados; continua: Una planta eléctrica marca Susuki de 200 V. T, serial A60019462; Una pala para tractor; Una romana de 5.000 kgs marca Fribanks. Murse, modelo 11652LD, serial 623; Un hidroneumático de tres cuerpos; Una planta eléctrica marca Blackstone, serial motor OPE60A260; tipo D2N5/4 N°.101060; Un Dinamo de 30.000 WATTS, marca Pincol ND-PTO-30-4, serial N°. B023465 en mal estado; seis cantaras de leche; Un motor del tanque de enfriamiento marca Ranco, serial G1020-7; Un tanque enfriamiento marca Subset con capacidad para 1.135 Litros, modelo MC-300PX, serial 41 MC931; Un motor de tanques de enfriamiento marca Copeland, modelo 9RC1-0760-TFC, serial 76B3399; Un tanque enfriamiento marca Zero con capacidad para 3.066 Litros, modelo 625-120, serial 908291-D77; Una vaquera con pisos de cemento, vigas de hierro y pilares de concreto, techo de zinc, la cual mide treinta de ancho por veintidós de largo y se encuentra en buen estado; Un corral construido de tubos y cabillas, con pisos de cemento, con su embarcadero; cuatro corrales con su comedero con pisos de cemento, pilares de cemento y cabilla y mide sesenta y ocho metros de largo por cincuenta y cinco de ancho Mts. Más otra carreta que se encuentra en los corrales; Un tanque para agua levadizo construido con láminas de hierro sobre estructura de hierro; dos baños exteriores para obreros con lavadero con paredes de bloques, pisos de cemento y techo de zinc; Una casa para obreros compuesta de dos cuartos, cocina, comedor, construida de bloques, pisos de cemento, techo de acerolit, vigas de hierro, puertas y ventanas de hierro; un galpón para garaje con dos depósitos construido de bloques, paredes de bloques, pisos de cemento, acerolit, columnas de cemento y vigas de hierro que mide veinticuatro metros de largo por diez metros de ancho; Una casa para obreros de cuatro cuartos; Una cocina, comedor, un pasillo enramada a lo largo de tres de las habitaciones descritas, construidas con paredes de bloques, pisos de cemento, techo de zinc, vigas de hierro, puertas y ventanas de hierro; otra vaquera construida con pisos de cemento, pilares y vigas de madera, con techo de zinc en mal estado con su respectivo comedero el cual mide treintiuno metros de largo por veintiocho metros de ancho. Antes de pasar a describir el ganado se hace la siguiente aclaratoria con respecto a la casa de habitación principal. En la cual faltó por describir lo siguiente: Siete ventanas de madera con vidrio, nueve ventanas de aluminio con vidrio y protección de hierro más trece puertas de madera y una con protección de hierro que es la entrada principal, y otra puerta de madera de la cantidad ya aquí señalada que se encuentra al otro extremo de la construcción que tiene forma de L también tiene protección de hierro y/o rejas de hierro. Seguimos con la descripción de bienes e inmuebles arriba señalados; una pieza para la planta, construida de techo de acerolit, vigas de hierro y doble T con tubos de dos por uno, sin puerta, pisos de cemento y bloques de concreto; una pieza para los tanques de enfriamiento con una pieza arriba de platabanda con su sala sanitaria, construida de bloques de concreto, pisos de cemento, puertas de hierro, puertas de hierro con vidrio y ventanas de aluminio y vidrio con protección de hierro. Continua ahora la descripción de los Semovientes: Ciento Quince (115) vacas paridas con Noventa y Cinco (95) Becerros; diez y seis (16) vacas escoteras; Cincuenta y una (51) mautas; sesenta y cuatro (64) Novillas; treinta y cuatro (34) mautes; cuatro (4) Toros y Un (01) caballo marcados con el siguiente hierro: (Se encuentra dibujado el hierro). Este Tribunal deja constancia que de los demandados solamente esta presente el ciudadano RAFAEL SANCHEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-3.369.342 a quien se le notifica de la presente Medida. Esta Jurisdicción deja constancia que la abogada en ejercicio DUNIA CHIRINOS, anteriormente identificada actúa con el carácter de Apoderada Judicial de las Coodemandantes, quien ocurrió y expuso: Solicito al Juez Ejecutor se sirva participarle al Coodemandado RAFAEL ANTONIO SANCHEZ AMESTY que sobre los bienes Inventariados el Juzgado comitente decretó MEDIDA INNOMINADA DE INMOVILIZACION para lo cual oficie a la Asociación de Ganaderos del Municipio Colón de éste Estado Zulia, a los Puestos de la Guardia Nacional y a las Prefecturas correspondientes, a fin de que se abstengan de otorgar Guías para la Movilización de los Semovientes y Permiso para la movilización de maquinarias y equipos objeto del Inventario, es todo. Esta Jurisdicción administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: Realizado el INVENTARIO DE LOS BIENES INMUEBLES POR DESTINACION QUE FORMAN PARTE DE LA UNIDAD AGROPECUARIA HACIENDA SANTA MARIA, según lo ordenado por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Enmendado: de, tractor, espichado (Espichado), continua. MC-300PX, pieza. Valen. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Apoderada Judicial,
El Perito Práctico,
El Notificado,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Santa Bárbara de Zulia, 13 de Abril de 2005.-
194° -------------------------------- y -------------------------------------- 146°


Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado Comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES

En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve constante de dieciocho (18) folios útiles, mediante oficio número 6150-057.-
El secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES