REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
En hora de Despacho del día de hoy, trece de abril de dos mil cinco, siendo la una cuarenta minutos de la tarde, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretado por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, formalizó la ciudadana: MIRTHA NORYS VERTIZ, titular de la cédula de identidad No.V-11.201.624, inscrita en el I.P.S.A., bajo el No. 72.546, actuando con el carácter de Endosatario en procuración de la ciudadana: SONY JIMENEZ, titular de la cédula de identidad No.V-2.519.764, contra el ciudadano: ORLANDO ANTONIO URDANETA, titular de la cédula de identidad No.V-5.054.512.- Seguidamente este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación de l Endosatario en Procuración de la ciudadana: SONY JIMENEZ, el abogado en ejercicio: ROBINSON SALCEDO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el No. 53.025, según consta endoso realizado al reverso de la letra de cambio, la cual consigno en este acto copia de la letra de cambio, para que sea anexado a la presente comisión.- En este estado el Tribunal recibe el Abogado Robinsón Salcedo, antes identificado, copia del endoso en Procuración y se anexa a la presente comisión, y el Tribunal se trasladó y constituyó por indicación del mismo a la siguiente dirección : Avenida 9, entre calles 12 y 13, sector Sierra Maestra, específicamente en el inmueble signado bajo el No. 12-16, del Municipio San francisco del Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano: ORLANDO ANTONIO URDANETA MENDEZ, quién es mayor de edad, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad No.V-5.054.512 y de este domicilio, en su carácter de parte demandada en el presente juicio.- De inmediato este Tribunal procede a nombrar Depositaria Judicial, a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Maracaibo, representada en este acto por el ciudadano: IGOR DELGADO HUERTA, quién es mayor de edad, venezolano, casado, Licenciado en Administración, titular de la cédula de identidad No.V-5.170.472 yy de transito por esta jurisdicción y el mismo se nombra como Perito avaluador, quién estando presente aceptó los cargos y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de la obligaciones que le impone los cargos recaídos en su persona? Contestó Si lo Juro.- Seguidamente el solicitante de la medida Abogado ROBINSON SALCEDO, con el carácter acreditado en auto expuso: de acuerdo el artículo 591 y en pleno conocimiento del artículo 592 ambos del código de Procedimiento Civil, señalo al Tribunal los siguientes bienes muebles para que sean embargado Preventivamente.- En este estado presente el notificado ORLANDO ANTONIO URDANETA MENDEZ, antes identificado y parte demandada en el presente juicio expuso: Solicito del Tribunal me conceda un Tiempo prudencial a fin de que haga acto de presencia mi abogado.- En este estado el Tribunal vista la solicitud del notificado y acuerda un tiempo prudencial de 40 minutos, para que haga acto de presencia un abogado que asista al notificado, para preservar los derecho Constitucionales de las partes.- En este estado presente el notificado ORLANDO ANTONIO URDANETA MENDEZ, antes identificado y asistido en este acto por el abogado en ejercicio: RODOLFO ROMERO ANGULO Y GERARDO CAMACHO RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S,A., bajo el No. 33.131 y 51.964 respectivamente, expuso: Me doy por notificado, para todo los actos del presente procedimiento.- En este estado presente el ciudadano: ROBINSON SALCEDO, antes identificado en su carácter de endosatario en procuración de la ciudadana: SONY JIMENEZ, antes identificado expuso: Me abstengo de ejecutar la presente medida y solicito del Tribunal ejecutor se abstenga de ejecutar la misma y remita las actuaciones con su resulta al Tribunal de la causa.- En este estado el Tribunal vista la solicitud de ejecutante, se abstiene de ejecutar la presente medida y acuerda remitir las actuaciones con su resulta al Tribunal comitente a los efectos de ley.- Asimismo este Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículo 254 y el primer aparte del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Concluyó el acto siendo las tres y veinticinco minutos de la tarde.- Terminó se leyó y conforme firman.-
EL JUEZ,
ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS
EL NOTIFICADO Y SUS ABOGADOS ASISTENTES,
EL SOLICITANTE DE LA MEDIDA,
EL REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL Y PERITO AVALUADOR,
LA SECRETARIA,
ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS