En horas de despacho del día de hoy 05 de Abril del año dos mil cinco, siendo las 9:40AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en las oficinas de la empresa ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA C.A (ENELVEN), ubicada en la calle 77 (5 de Julio) entre avenidas 9B y 10 Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo comisionada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPERSONAL N° 04 con motivo del juicio de DIVORCIO ORDINARIO seguido por JAVIER ENRIQUE HERNANDEZ URDANETA, titular de la Cédula de Identidad No. 10.406.819 contra FRANCIS ANTONIETA HANCE MOGOLLON, titular de la Cédula de Identidad N°.9.718.808, en relación a las niñas MARIA LAURA, FRANCIS CAROLINA Y MARIA CAROLINA HERNANDEZ HANCE.- En este estado presente el ciudadano (a) GERMAN MARRUFO, titular de la Cédula de Identidad No 4.149.393, quien se identificó con el carácter de: GERENTE DE ASUNTO LABORAL.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, decretó MEDIDA PROVISIONAL DE EMBARGO: sobre El CINCUENTA POR CIENTO 50 % de los conceptos de Prestaciones Sociales, Sueldos, Salarios, Bonos, Depósitos en Caja de Ahorro, Fideicomiso, Utilidades, Intereses, Cesta Ticket, u otras operaciones que le correspondan a la ciudadana FRANCIS ANTONIETA HANCE MOGOLLON, titular de la Cédula de Identidad No 9.718.808, como trabajadora al servicio de la Empresa ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA, C.A (ENELVEN).- Las cantidades de dinero embargadas deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04, EXP: 03700.- Que debe impartir ordenes para el cumplimiento de la anterior medida, la cual tiene carácter privilegiado sobre cualquier otra medida.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta empresa; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Embargadas Preventivamente las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados; y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 9:45AM.-

LA JUEZ:





EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO: