REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 3675
En horas de Despacho del día de hoy trece (13) Abril de dos mil cinco (2.005), siendo las once y cuarenta minutos de la mañana se traslado y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble ubicado en campo Mio, Sector Los Olivos, en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, acompañado del abogado en ejercicio GUSTAVO BENCOMO ( Endosatario en Procuración de la ciudadana LILIANA FLORES), inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 62321, a objeto de ejecutar medida de embargo Ejecutivo, decretado por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES ( intimación), seguido por el ciudadano GUSTAVO BENCOMO ( Endosatario en Procuración de la ciudadana LILIANA FLORES), contra el ciudadano ROBERTO DE JESUS CORDERO CASTRO. Seguidamente el tribunal, procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ titular de la cédula de identidad N° V-8.69.340. En este estado presente el endosatario en procuración, ya identificado, expuso: Señalo el bien inmueble propiedad del demandado ROBERTO JESUS CORDERO CASTRO, plenamente identificado en autos del expediente, para que embarque ejecutivamente, este tribunal comisionado, inmueble este que se encuentra bien identificado en documento autenticado por ante la Notaria Publica Segunda de ciudad Ojeda, en fecha 21 de marzo del año mil novecientos noventa y nueve ( 1.999), cuya inserción se encuentra bajo el Nº 63, Tomo 39, de los libros respectivos y que anexo en este acto en dos folios (02) útiles, marcado con el literal “A”, en su forma Original. Documento este que determina la ubicación con sus respectiva Jurisdicción medidas y linderos, y con la asistencia del perito avaluador, ciudadano RAFAEL GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad Nº 4.014.170, dsignado en auto de esta misma fecha, procedo a señalar el bien inmueble. En este estado el perito avaluador ya identificado, expone: Se trata de un inmueble que se encuentra constituido por una vivienda construida con paredes de Bloques frisadas, pisos de cemento pulido, techo de zinc y cielo raso, ventanas de vidrio y aluminio, puertas de hierro y de madera construida por: Sala comedor, tres (03) habitaciones, un (019 baño interno y dos (02) en la parte posterior, cocina, con una enramada en la parte del frente y en la posterior alinderado de la siguiente manera: NORTE: Su frene linda con la calle futuro; SUR: Linda con las mejoras que fueron o son de CARMEN QUERALES, ESTE: Linda con mejoras que son o fueron de CRISTINA GONZALEZ; y OESTE: Linda con mejoras que son o fueron de DIANA VALENCILLOS. Dichas construcciones se encuentran en un terreno cuyas medidas es de VEINTISEIS METRSO (26 MTS) de largo, por CATORCE METROS CON CINCUENTA CENTIMENTROS (14,50mts) de ancho y dicha construcción tiene una medida de OCHO METROS ( 8 mts) de ancho, por DIEZ METROS (10mts) de fondo, valorado en la suma de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 20.000.000,oo).