REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO MARIÑO Y GARCIA
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Porlamar, 21 de Abril de 2005.
195° y 146°
Vista la diligencia suscrita por el Dr. ORLANDO ELMOR PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.562.267, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.466, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Actora, en la cual desiste del Procedimiento que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), sigue en contra de la Empresa HOTEL REAL FLAMINGO, en la persona de su Director Ciudadano BASSAM HATEM HATEM, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.549.336, asimismo solicita le sean devueltos los recaudos originales consignados en la presente causa, este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia Homologa el presente desistimiento de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, igualmente ordena devolver los recaudos originales consignados en el presente expediente dejando en su lugar copia certificada de los mismo, de conformidad con los artículos 111 y 112 ejusdem, asimismo se ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase.
El Juez,
Dr. Juan José Anuel Valdivieso
La Secretaria,
Yanette González González
Exp. N° 436/05
JJAV/ygg/wrr.-