REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 11 de Abril de 2005
194º y 145º
Visto la transacción judicial presentada entre los ciudadanos LUISA JOSEFINA LÓPEZ VILLARROEL, PEDRO LUIS LÓPEZ VILLARROEL Y YANELIS JOSEFINA LÓPEZ VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.827.704, 4.045.971 y 4.050.274, respectivamente, en su carácter de parte actora y debidamente asistidos por el abogado PABLO ENRIQUE GIL RIVERO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 70.662 y por el ciudadano LUIS BELTRÁN LÓPEZ VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, casado, de Profesión Politólogo y titular de la cédula de identidad Nro. 3.823.547, en su carácter de parte demandada y debidamente asistido por la abogada CARMEN JOSEFINA VERDE ROJAS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 90.955, este Tribunal a los fines de proveer observa lo siguiente:
- Que tanto la parte actora como la parte demandada, comparecieron con la debida asistencia jurídica para transigir
-Que en la materia tratada en el acuerdo no se encuentran involucrados el orden público ni le están prohibidas las transacciones.
En tal sentido, con base a lo anterior este Tribunal imparte su homologación en todas y cada una de sus partes a dicho convenimiento y en consecuencia, téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y en su oportunidad archívese el expediente. Asimismo, se ordena expedir por secretaria cuatro (4) juegos de copias certificadas de dicha transacción con inserción del presente auto, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena levantar la medida Provisional de Secuestro sobre los bienes que se encuentran en la Caja de Seguridad del Banco Venezolano de Crédito, ubicado en el Centro Comercial Shopping Plaza, Avenida 4 de Mayo, Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, decretada en fecha 14 de mayo de 2004, a nombre del fallecido LUIS BELTRÁN LÓPEZ, los cuales fueron dejados bajo la guarda y custodia de la depositaria Judicial Nueva Esparta, en la persona de su apoderado ciudadano FRANCISCO CAÑAS, según acta levantada en fecha 26-05-04, por el Juzgado Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Villalba, Tubores y Península de Macanao de este Estado. Líbrese oficio y certifíquense dichas copias una vez sean consignadas las copias simples para su certificación Agréguese el cuaderno de medidas al principal.
LA JUEZA
Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.-
LA SECRETARIA,
Abg. CECILIA FAGUNDEZ
JSDC/CF/gdeo