REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, dieciocho (18) de Abril de dos mil cinco (2005)
194º y 146º
ASUNTO : VP01-S-2005-000210
Revisada como ha sido la transacción presentada por la ciudadana MELITZA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.15.624.678, asistida por la abogada MARIA JOSE ASPRINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 77.688 y; el abogado ALEJANDRO FEREIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 79.847, actuando como Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil TRANSCORTACA S.A. Este Tribunal, una vez presenciado dicha transacción, analizados los términos en los cuales fue redactada la misma, observa que reúne los requisitos establecidos en el articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y Artículos 9 y 10 de su Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni de orden público, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN PRESENTADA, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de cosa juzgada, dando por terminado el presente asunto y ordena el archivo definitivo del expediente, previa a la expedición de una (01) copia certificada de la transacción celebrada y del presente auto, autorizando a la ciudadana MARIA GABRIELA FERNANDEZ, para que confronte las copias simples fotostáticas con los originales.
La Juez
Abog. Judith del Carmen Castro
La Secretaria
Abog. Maria Gabriela Fernández
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