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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
 La Asunción, 22 de septiembre de dos mil cuatro
 194º y 145º
 ACTA DE AUDIENCIA
 
 IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
 N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2004-000100
 PARTE ACTORA: José Luis Gómez
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
 PARTE DEMANDADA: Constructora Oscarly, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
 MOTIVO:Cobro de Prestaciones Sociales
 
 En el día hábil de hoy, 22 de septiembre de 2004, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar  la  Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de las partes. Se deja constancia que hizó acto de presencia de la Procuradora Especial de Trabajadores Abg. Marys Romero titular de la cédula de Identidad N° 8.399.385, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.817. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
 EL JUEZ,
 
 
 Dr. EUCLIDES SALAZAR
 
 EL SECRETARIO,
 
 
 Abg. YHOANN RODRIGUEZ
 
 
 
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