REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 22 de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ACTA DE AUDIENCIA

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2004-000100
PARTE ACTORA: José Luis Gómez
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: Constructora Oscarly, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO:Cobro de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 22 de septiembre de 2004, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de las partes. Se deja constancia que hizó acto de presencia de la Procuradora Especial de Trabajadores Abg. Marys Romero titular de la cédula de Identidad N° 8.399.385, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.817. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
EL JUEZ,


Dr. EUCLIDES SALAZAR

EL SECRETARIO,


Abg. YHOANN RODRIGUEZ