REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 01 de septiembre de 2004
194° y 145°
ACTA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE ASUNTO:OP02-S-2004-000014
PARTE ACTORA: Greisis Jasmín Salazar Mata
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: No Compareció
PARTE DEMANDADA: Bingo Del Caribe,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Maria Rosa Perez Mata
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy, 01 de septiembre de 2004, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el N° OP02-S-2004-000014, se constituye el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Ciudadano Juez Doctor EUCLIDES SALAZAR, con la asistencia del secretario abogado YHOANN RODRIGUEZ, anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal. Encontrándose presentes la Abga. Maria Rosa Perez Mata, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 28.300; en representación de la empresa demandada, Bingo Del Caribe C.A., tal y como consta de Poder autenticado por ante la Notaria Segunda de Porlamar de fecha 31-08-04, anotado bajo el N° 80, Tomo 48, de los libros de autenticaciones llevados por ante esa Notaria. En este sentido, el tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
EL JUEZ,
Dr. EUCLIDES SALAZAR
EL SECRETARIO,
Abg. YHOANN RODRIGUEZ
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