REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 16 de Septiembre de 2004
194° y 145°
RESOLUCIÓN Nro. 1256-04 CAUSA Nro.9C-839-04.-
Vistas las actuaciones presentadas por la ABOG. SANTA FRASCAELLA Fiscal Para el Régimen De Transición Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en donde solicita a éste Tribunal de Control, el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra de LEONARDO ANTONIO ACOSTA por la presunta comisión del delito de LESIONES CULOSAS previsto y sancionado en el articulo 422 Del Código Penal cometido en perjuicio de LEONARDO ACOSTA, FRANKLIN JOSE MACHADO este Juzgador a los fines de resolver observa:
Por cuanto del estudio detenido y cuidadoso de la solicitud de la Representante Fiscal, de la misma se evidencia que, aunque la acción en la presente causa no se encuentra evidentemente prescrita, no existen en las actas suficientes elementos de convicción que demuestren la responsabilidad penal del ciudadano LEONARDO ACOSTA como autor del delito cometido, pues han sido analizadas y revisadas, dichas actas, como lo son el Auto de Proceder, folio N°1, Reportes de Accidentes, folio Nº 01 al 05,la solicitud a la Medicatura Forense del resultado del Examen Medico Legal practicado a la Ciudadana LEONARDO ACOSTA Y FRANKILN JOSE MACHADO , folio N° 15, evidenciándose la ausencia en las actas de dicho resultado. Por cuanto el hecho no puede ser atribuido al imputado es por lo que considera este Juzgador procedente DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. EN cuanto ASI SE DECLARA.
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, Seguida al ciudadano LEONARDO ANTONIO ACOSTA por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese y notifíquese.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL,
DR. HUMBERTO CUBILLAN
LA SECRETARIA,
ABOG.PATRICIA ORDOÑEZ.
En la misma fecha se ofició bajo el N° -04.
LA SECRETARIA,
ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ.
HCV/pr
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