※ COMISION MERCANTIL N° 611:
JUZGADO COMITENTE: Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
PARTE DEMANDANTE: Transportadora Margarita C.A. (TRANSMARCA), mediante su Apoderada Judicial, Dra. Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado.
PARTE DEMANDADA: Inversiones Gargón C:A:
MOTIVO: Cobro de Bolívares
MEDIDA: Embargo Ejecutivo
BIEN INMUEBLE EMBARGADO: Un inmueble distinguido con las siglas N° 81 y 83, que tiene una superficie de novecientos metros cuadrados (900 mtrs2), cuyos linderos son: NORTE: Con parcela N° 79 del parcelamiento; SUR: Con la calle sur del parcelamiento; ESTE: Con parcela N° 82 y la parcela N° 84 que es o fue de Gustavo Gutiérrez y OESTE: Con calle N° 3 del parcelamiento.
AVALUO DEL BIEN EMBARGADO: Cuatro Millones cincuenta mil Bolívares (Bs. 4.050.000)
DEPOSITARIA JUDICIAL NOMBRADA: Depositaria Judicial del Nueva Esparta C.A. Representante: Francisco Antonio Cañas, titular de la cédula de identidad N° 3.825.938
Fecha de Traslado: 7/9/2004.
Estado Actual: Devuelta Cumplida al Juzgado de la Causa, anexo a Oficio N° 278 de fecha 10/9/2004, constante de 22 folios útiles.
ACTA DE TRASLADO
En esta fecha Siete (07) de Septiembre de Dos mil cuatro, siendo las Doce y Treinta Post-Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la Medida Ejecutiva de Embargo, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial de este estado, en el juicio que por Cobro de Bolívares sigue Transportadora Margarita, C.A. (TRANSMARCA), contra Inversiones Gargon, C.A, se trasladó el Tribunal en compañía de la Doctora Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 48.510, en su condición de Apoderada Judicial de la demandante, de una Comisión Policial al mando del Distinguido Wilfredo Bello, titular de la cédula de identidad 14.046.101, y se Constituyó en el sitio denominado Guatacaral Caserío Gómez del Espinal, Municipio Díaz de este estado, específicamente en la Urbanización Brisas de la Sierra, sitio en el que se encuentran ubicados los lotes de terreno objeto de la presente medida. Constituidos en dicho sitio, se abrió el acto, el tribunal procede a notificar nuevamente al ciudadano José Ch. Revilla, titular de la cédula de identidad número 5.827.989, en su condición de Oficial de Seguridad de la referida urbanización, explicándole nuevamente la misión del tribunal previa lectura del despacho que encabeza estas actuaciones. Seguidamente la Doctora Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, antes identificada, expone: Consigno en este acto Copia del Plano Fotostático de la Lotificación a los fines de ubicar las parcelas objeto de la presente medida, así como copia del plano en el que se identifican las viviendas construidas en dichas parcelas. En tal sentido solicito se declare embargado el inmueble constituido por las parcelas número 81 y 83, que tiene una superficie de Novecientos Metros Cuadrados (900 Mts²), cuyos linderos son: NORTE: Con parcela N° 79 del parcelamiento; SUR: Con la Calle Sur del parcelamiento; ESTE: Con parcela N° 82 y la parcela N° 84 que es o fue de Gustavo Gutiérrez y OESTE: Con Calle N° 3 del parcelamiento, u oficie lo conducente al Registrador Subalterno correspondiente y se fije el correspondiente Cartel de Notificación. El inmueble le corresponde en propiedad a la demandada según documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Díaz de este estado, anotado bajo el número 28, folios 156 al 159, Protocolo Primero, Tomo N° 4, Segundo Trimestre del Año 2001, en fecha 22 de Mayo del año 2001. Acto seguido el Tribunal nombra Perito Avaluador al ciudadano Pedro Ordaz Guerra, titular de la cédula de identidad número 1.823.773 y Depositario Judicial al ciudadano Francisco Antonio Cañas, titular de la cédula de identidad número 3.825.938, en su condición de representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta C.A., quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley. El Perito Avaluador nombrado al efecto expone: Valoro el bien inmueble señalado en la cantidad de Cuatro Millones Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 4.050.000). El tribunal vistas las anteriores exposiciones, declara embargadas ejecutivamente las parcelas Número 81 y 83, antes identificadas en la presente comisión, dejando constancia este tribunal que sobre la parcela número 81 están construidas tres viviendas identificadas con los números 92, 93 y 94 y sobre la parcela N° 83 están construidas tres viviendas identificadas con los números 98, 99 y 100, parcelas estas que son puestas en posesión de la Depositaria Judicial Nueva Esparta C.A., en su representante ciudadano Francisco Antonio Cañas, antes identificado, quien las recibe conforme para su guarda y custodia. Se ordena fijar el correspondiente Cartel de Notificación en el poste de Electricidad ubicado en la Calle Sur de dicho parcelamiento. Así mismo se ordena oficiar lo correspondiente al Registrador Subalterno respectivo. Es todo. La Apoderada Judicial, Dra. Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, expone: Visto que no cubre el monto del embargo, me reservo el derecho de seguir señalando bienes de la demandada y solicito se remita la presente comisión al Juzgado de la Causa. El tribunal a lo referente a la devolución de la comisión proveerá por auto aparte. Terminado el acto del traslado y cumplida la misión del tribunal acuerda regresar a su sede natural siendo las Una y Veinte Post-Meridiem. Terminó, se leyó y conformes firman.- El Juez Suplente Especial Dr. Gaspar Dubois Arismendi (ls)(fdo). La Apoderada Judicial (fdo). La Comisión Policial (fdo.) El Notificado (fdo.). El Perito Avaluador (fdo). El Representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta. C.A. (fdo). La Secretaria. (fdo). En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural y se envió Oficio N° 271 al ciudadano Registrador Subalterno del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, conforme está ordenado en la presente acta. Conste.- La Secretaria. (ls)(fdo).
|