En esta fecha veintiocho de Septiembre de Dos mil cuatro, siendo las Diez Antes Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica del Amparo en la posesión a la ciudadana Vidalina del Carmen Rosas de Alfonzo, de un inmueble constituido por un lote de terreno, Ubicado en El Caserío Fuentes, Los Bagres, Municipio Díaz Del Estado Nueva Esparta, que mide siete metros con ochenta centímetros (7,80 mtrs) de frente, por setecientos cincuenta y seis metros con veinte centímetros (756,20 mtrs) de largo o fondo, que hacen una superficie de cinco mil ochocientos noventa y ocho metros cuadrados con treinta y seis centímetros cuadrados (5.898,36 mtrs2), alinderado así: NORTE: Terrenos que son o fueron de Roberto Indriago Grain; SUR: Con terrenos de Pedro Bermúdez; ESTE: Sitio Cotoperiz y OESTE: Con calle en proyecto, con ocasión a la Querella Interdictal, que interpusiera la referida ciudadana Vidalina del Carmen Rosas de Alfonzo, por medio de su Apoderado Judicial, Dr. Luis Rojas, contra el ciudadano Eduardo José Marcano Bermúdez. Amparo este que fuera decretado y ordenado en comisión por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para lo cual se trasladó este Tribunal en compañía del Dr. Luis Rojas, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.503, en su condición de Apoderado Judicial de la querellante, y se constituyó en el referido lote de terreno, ubicado en El Caserío Fuentes, Los Bagres, Municipio Díaz Del Estado Nueva Esparta, específicamente por el Lindero Sur del terreno en cuestión, a los fines de materializar la orden encomendada. Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, el Dr. Luis Rojas, antes identificado, en el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, expone: Solicito del tribunal se sirva materializar la orden emitida por el Juzgado de la Causa, mediante la cual ampara en la posesión del inmueble suficientemente descrito en la presente acta, a mi representada ciudadana Vidalina del Carmen Rosas de Alfonzo y por cuanto no esta presente el querellado, solicito se fije el cartel de notificación respectivo. Es todo. Este tribunal vista la anterior exposición, acuerda de conformidad en consecuencia declara amparada en la posesión a la ciudadana Vidalina del Carmen Rosas de Alfonzo, del inmueble ubicado en El Caserío Fuentes, Los Bagres, Municipio Díaz Del Estado Nueva Esparta, que mide siete metros con ochenta centímetros (7,80 mtrs) de frente, por setecientos cincuenta y seis metros con veinte centímetros (756,20 mtrs) de largo o fondo, que hacen una superficie de cinco mil ochocientos noventa y ocho metros cuadrados con treinta y seis centímetros cuadrados (5.898,36 mtrs2), y cuyos linderos, así como las medidas antes mencionadas constan de la presente acta, así como del Despacho que encabeza estas actuaciones. Igualmente se ordena fijar el correspondiente Cartel de Notificación en la Pared del Lindero Sur del Inmueble en cuestión, pared esta que se encuentra a medio derrumbar, tal fijación tiene lugar en razón de que no esta presente el querellado, ciudadano Eduardo José Marcano Bermúdez. Es todo. Terminado el acto del traslado y cumplida la misión del tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo las Once y treinta Antes-Meridiem. Terminó se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dr. GASPAR A. DUBOIS ARISMENDI.
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE QUERELLANTE,
LA SECRETARIA
En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural, conforme está ordenado en la presente acta. Conste.-
LA SECRETARIA
Abg. CARMEN MILANO VÁSQUEZ
Estado Actual: Devuelta Cumplida al Juzgado de la Causa, mediante Oficio N° 298 de fecha 28/9/04, constante de 25 folios útiles
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