REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 02 de Septiembre del dos mil cuatro.-
193º y 145º


Revisadas las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que por error involuntario se remitió el expediente al Juzgado del Municipio Díaz, del Estado Nueva Esparta, en virtud de lo cual, este Tribunal revoca por contrario imperio de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil el auto de fecha 26-08-2004 y deja sin efecto dicho trámite, a fin de que la causa siga el curso de ley en este Tribunal Igualmente el Tribunal ordena al Juzgado del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta para que se haga efectiva la entrega material del inmueble constituido por una vivienda construida sobre un terreno municipal, ubicado en la calle el cardon, población El Espinal, Jurisdicción del Municipio Autónomo Díaz del estado Nueva Esparta dicha vivienda consta de cuatro(4) habitaciones, un (1) cocina, un (1) saló comedor, área de lavandería y se encuentra comprendida en una extensión aproximada de trescientos noventa y seis metros cuadrados (396 Mtrs2) dentro de los siguientes linderos NORTE: Con terreno Municipal, SUR: con terreno que es o fue de Olegario Velásquez, ESTE: Con terreno comunal, OESTE: su frente, con calle el cardon.- Cúmplase