REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintiocho de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : VP01-L-2004-000735



Vista el Acta de Transacción celebrada en esta misma fecha redactado y presentado a este Tribunal por las mismas, quienes firmarón en presencia de la Juez y además de hizo entrega del cheque acordado; se ordena agregar a las Actas que conforman el presente expediente la transacción, y vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y procede a HOMOLOGAR EL ACUERDO DE LAS PARTES , por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo este Juzgado declara terminada la presente causa y ordena el archivo del expediente.

El Juez


La secretaria.
Abog. Judith del Carmen Castro