REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
PAMPATAR
194º y 145º.-
Se inician las presentes actuaciones mediante demanda de COBRO DE BOLIVARES (CONDOMINIO), incoada por ante este Tribunal por la Comunidad de Propietarios del Conjunto Residencial LA ORQUIDEA, a través de su apoderada judicial la Abogada en ejercicio ONEIDA OVIEDO PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.3.960.526 e inscrita en el inpreabogado bajo el Nro.4.727; en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES 20345, C.A., representada por los ciudadanos ENRIQUE GUILLERMO ABBO FONTANA y DAVID MORGANSTEN HOROVITZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las Cédulas de Identidad Nros.1.146 y 6.140.407, respectivamente.-----------------------------------------------------------
Ahora bien, observa este Tribunal que al folio ciento setenta y dos (172) del Cuaderno Principal del expediente consta el auto de admisión de la demanda de fecha 02 de diciembre del 2002, siendo esta la última actuación procesal que consta en autos.. Adicionalmente observa el Tribunal, que no se ha verificado la citación de la parte demandada, todo lo cual evidencia que hasta la presente fecha (29-10-2004) ha transcurrido más de un año sin que se haya ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, inactividad ésta que ha producido la PERENCION DE LA INTANCIA, tal y como lo establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.--------
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Perimida la Instancia en la presente causa.-------------------------------------------------------------------------------------
Regístrese, diarícese, publíquese y déjese copia certificada.-----------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Pampatar, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil cuatro.-----------------------------------------------------
DRA. DELVALLE RODRIGUEZ HEREDIA,

JUEZ PROV. DEL MUNICIPIO MANEIRO.-

El Secretario,


NO-

TA: En esta misma fecha (29-10-04), se registró y publicó la anterior sentencia bajo el Nro.2004-118.- Conste.-
El Secretario,

Pedro Miguel Gómez Millán.-

EXP. Nro.2002-1012.-
Sentencia Interlocutoria.-