REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO MARIÑO Y GARCIA
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Porlamar, 08 de octubre de 2004.
1 94º y l45º
Vista la diligencia suscrita por los Ciudadanos Dr. ROBERTO ROJAS SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.701, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano HENRY RAFAEL RODRÍGUEZ CAZORLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.860.994, por una parte y por la otra el Ciudadano JESÚS MANUEL FLORES GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.399.491, actuando con el carácter de Presidente Suplente de la Empresa Flores y Martel, C.A., empresa mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 28 de Enero del 1994, anotado bajo el N° 102, Tomo IV, Adc. 2, parte demandada, debidamente asistido por la Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.466, quienes exponen: que consignan en un folio útil escrito contentivo de Transacción Judicial, celebrado entre ambas partes para poner término al presente juicio, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y solicitan al Tribunal le imparta la Homologación correspondiente, asimismo el archivo del expediente, El Tribunal provee de conformidad con lo solicitado en consecuencia le imparta la Homologación respectiva a dicha transacción, y ordena asimismo el archivo del presente expediente. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Juan José Anuel Valdivieso
La Secretaria,
Yanette González González
JJAV/ygg/wrr.-
Exp. N° 0411/04