REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAJUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
Porlamar, veintiséis de octubre de dos mil cuatro.-
194° y 145°
Visto el CONVENIMIENTO de fecha 21-10-2.004, suscrito por la Dra. LUISA CARREYO GOMEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°12.369, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana IRLANDIA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.049.257, de este domicilio, y el ciudadano CRUZ MATA MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.824.688, debidamente asistido por el abogado en ejercicio FIDEL HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.236, parte demandada en el Juicio RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, tal como se desprende del acta levantada en fecha 21-10-2004, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta misma Circunscripción Judicial, cursante a los folios 14 y su vto., al 15 del Cuaderno de Medidas de este expediente, este Tribunal imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.-
EL JUEZ,
Dr. MOISES E. MILLAN CAMACHO.
LA SECRETARIA,
ROMA FERNANDEZ GUTIERREZ.
NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, consta,
LA SECRETARIA,
May*
Exp. Civil N° 04-2305.-
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