REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, cuatro de (04) e noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : OP02-L-2004-000061


Vista la diligencia presentada en fecha 03 de noviembre del año en curso, por el Abogado LUIS RAFAEL AMENGUAL BETANCOURT, en su caracter de Apoderado Judicial del Ciudadano JORGE PEREZ, parte actora, mediante la cual informa a este Tribunal que la empresa Amigo´s Cafe, Bar & Grill, C.A, ha cumplido con todos los pagos acordados en la Transacción celebrada por ante este Juzgado en fecha 29 de Junio de 2004, por el Abogado PEDRO LAPREA VENTURA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 4.142.448, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.264, quien actúa como Apoderado Judicial del ciudadano JORGE PEREZ, colombiano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° E-81.288.210, por la parte demandante y por la parte demandadada Amigo´s Cafe, Bar & Grill, C.A, debidamente representada por su Directora la ciudadana CARMEN BELLORIN DE FERNANDEZ, quien es venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.309.670, debidamente asistida por el Abogado HETOR MANUEL BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 9.309.399 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.773. Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, en razón que la Transacción no es contraria a derecho y no vulnera los derechos irrenunciables del Trabajador ni normas del orden Publico, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole el efecto de Cosa Juzgada, de conformidad con el ordinal 2 del articulo 89 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y asimismo se ordena el archivo del expediente. Cumplase.
EL JUEZ



Dr. EUCLIDES SALAZAR MATA
EL SECRETARIO



Abg.Yhoann Rodríguez