REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 25 de NOVIEMBRE de 2004
194º y l45º
RESOLUCIÓN N° 533-04 CAUSA N° 3E-21-02.
Visto el contenido del oficio N° 858cj-04 de fecha 15 de Noviembre de 2004, emanado de la Departamento de Consultoria Jurídica del Internado Judicial de Carabobo; Tocuyito, suscrito por el director HECTOR ALFONSO DUQUE, en su carácter de Director del referido Establecimiento Penitenciario, mediante el cual solicitan a este Juzgado en funciones de Ejecución otorgue el PERMISO DE TRASLADO al penado NIETO GONZALEZ DANIEL, titular de la Cédula de Identidad V-11. 739.485 Causa N° 3E-21-02, para asista a la Penitenciaria General de Venezuela, a fin de participar en el Campeonato de Baloncesto, Voleibol, Fútbol e Intercambio Bíblico, el cual se realizara desde el 06-12 al 11-12-04 en esa Jurisdicción. este Tribunal para resolver acerca de la solicitud presentada toma las siguientes consideraciones:
Por disposición de este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución, se le concede al penado antes mencionado, el permiso solicitado, únicamente para que se traslade a la Penitenciaria General de Venezuela, a fin de participar en el Campeonato de Baloncesto, Voleibol, Fútbol e Intercambio Bíblico, el cual se realizara desde el 06-12 al 11-12-04 en esa Jurisdicción. Se hace del conocimiento del ciudadano Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, que deberá ordenar el traslado con todas las seguridades que el caso amerita y una vez culminado dicho Permiso de Traslado, deberá notificar a este Tribunal el reingreso del penado a ese Establecimiento Penitenciario.- ASÍ SE DECIDE.-
En mérito de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede al penado NIETO GONZALEZ DANIEL , titular de la Cédula de Identidad V-11. 739.485 Causa N° 3E-21-02, para asista a la Penitenciaria General de Venezuela, a fin de participar en el Campeonato de Baloncesto, Voleibol, Fútbol e Intercambio Bíblico, el cual se realizara desde el 06-12 al 11-12-04 en esa Jurisdicción, como forma de contribuir a la resocialización del penado, con fundamento en el sentido de progresividad que prevalece durante las incisivas etapas del cumplimiento de su condena y que tiene como objetivo fundamental encaminarla paulatinamente hacia sus libertades con un régimen que poco a poco vaya brindándole esa Superación personal indispensable en todo ser humano, debiendo reingresar al Internado Judicial de Tocuyito una vez culminado el lapso legal del permiso concedido, debiendo ser notificado a este Tribunal su ingreso al referido Establecimiento Penal. Ofíciese al ciudadano Director del Internado Judicial de Tocuyito Estado Carabobo, notificándole la presente decisión. Regístrese la presente resolución bajo el N° 533-04.
EL JUEZ 3° DE EJECUCIÓN,
DR. JOSE VICENTE FARIA,
LA SECRETARIA.
ABG. BLANCA TIGRERA,
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