Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.- Maracaibo, 05 de noviembre de 2004.- 194° y 145°.- Visto el desistimiento suscrito por la ciudadana Mayren Martinez, en su carácter de Administradora de la Junta de Condominio de la Torre Cumana del Conjunto Residencial Torres del Saladillo, asistida por la abogada Yadira Vera Boscán, parte demandante en el presente juicio, el Tribunal, observa que el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil establece: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aún antes de la homologación del Tribunal”. En consecuencia, le imparte su aprobación homologándolo, le da el carácter de cosa juzgada. Ordena: a) Suspende la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 02 de abril de 2004, oficiando al Registrador de la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, con el fin de notificarle sobre la suspensión de la misma y, b) El archivo del expediente.
La Juez,

Abog. Maria del Pilar Faria Romero.
La Secretaria Temporal,

Ingrid Fernández
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se oficio bajo el N° 455-04
La Secretaria Temporal,

Ingrid Fernández

Expediente 1070-04