En horas de Despacho de hoy MARTES TREINTA (30) de Noviembre de dos mil cuatro siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) sigue el ciudadano ROY RIOS TORRES contra la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA BRACHO VILLALOBOS C.A. (DISBRAVICA) Se trasladó y constituyó este Tribunal en el sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado HENRY LEON, específicamente en un inmueble donde funciona la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA BRACHO VILLALOBOS C.A. (DISBRAVICA), ubicado en la avenida 19A, sector LA FLORIDA, Nº 19-19 Parroquia Cacique Mara, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez presente el Tribunal en el sitio indicado se procedió a notificar al ciudadano GREGORIO ANTONIO CHACON DURAN, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.635.649, con el carácter de EJECUTIVO de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA BRACHO VILLALOBOS C.A. (DISBRAVICA) y a quien se impuso del motivo de la presencia del Tribunal. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, expuso: “Pido a este tribunal que una vez llevada a efecto la notificación correspondiente proceda a darle cumplimiento a la medida de embargo preventivo decretada por el Tribunal de la causa y para tal efecto designe Perito Avaluador y Depositario Judicial” Vista la anterior exposición este Tribunal procede a designar como Perito Avaluador y Depositario Judicial en nombre y representación de la Depositaria Judicial SUR DEL LAGO, C.A, al ciudadano EDGAR JOSE VAZQUEZ PAZ, titular de la cedula de identidad Nº V-3.263.996 y quien una vez impuesto de los cargos recaídos en su persona, expuso: “Acepto los cargos para los cuales he sido designado” . Seguidamente le fue tomado el juramento de Ley de la manera siguiente: ¿Ciudadano EDGAR JOSE VAZQUEZ PAZ, jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes a los cargos para los cuales ha sido designado? Contesto: “Si, lo juro”. En este estado presente el Apoderado Judicial de la parte actora, expuso: “Señalo a este Tribunal los siguientes bienes muebles propiedad de la demandada a fin de que sean embargado preventivamente hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 38.248.000,oo)”. Los cuales una vez señalados presente el perito, expuso: “Tratase de 1) Un monta cargas marca: Clark, color verde, serial C40B-455-930, avaluado en QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 15.000.000,oo).- 2) Un equipo de computación compuesto por: Monitor, marca AOC, serial 7TCJ17C659226; CPU Clon, sin seriales visibles; impresora marca HP 930C, serial MX11H1SOWY; un Mouse marca Ken Mouse, serial 601080633225; teclado marca CEFC, avaluado en SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,oo) 3) Un equipo de computación compuesto por: Monitor, marca LG, serial 201AC3200D; una impresora Citizen, modelo AK20M01, serial KU821868 CPU LG, sin seriales visibles; un Mouse marca Ken Mouse, serial 601080633179; teclado marca AITEG, serial OT35R2500; escáner modelo 4300, marca BENQ serial 99S086-19VA4 avaluado en OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,oo).- 4) Una nevera marca Sansung, color blanco, serial 06234DAR401535J, avaluado en SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,oo).- 5) Un juego de comedor compuesto por una mesa circular color azul y negro y cuatro sillas de metal con asiento y espaldar tapizado en semicuero negro, avaluado en CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,oo).- 6) un bar de madera con tope de formica color azul con un entrepaño y un gavetero, cuatro sillas tipo bar, en madera revestidas en bambú con cuatro cojines en semicuero azul, avaluado en OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,oo).- 7) ) Un equipo de computación compuesto por: Monitor, marca AOC, serial 54C516B637295; una impresora Panasonic, serial 3DSMB670951; CPU Clon, sin seriales visibles, avaluado en SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,oo).- 8) Un fax marca Sharp UX355L, serial 07252979, avaluado en UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo).- 9) Un enfriador de agua y dispensador marca Panasonic, sin seriales visibles, avaluado en DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,oo).- 10) un escritorio rectangular revestido en formica azul, avaluado en DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,oo).- 11) Una mesa de madera revestida en formica azul, con seis sillas de metal cromado con asiento y espaldar tapizadas en semicuero negro, avaluado en SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,oo).- 12) Un archivo de madera revestido en formica azul negro, de dos gavetas, avaluado en CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,oo).- 13) tres escritorios en forma rectangular de madera revestida en formica azul y negro, avaluados en DOSCIENTOS MIL BOLIVARES cada una (Bs. 200.000,oo) para un total de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,oo).- 14) Un archivo en madera revestido en formica azul y negro, de tres gavetas, avaluado en CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo).- 15) Un archivo en madera revestido en formica azul y negro, de cuatro gavetas, avaluado en DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo).- 16) Cinco sillas ejecutivas en metal tapizadas en tela azul, avaluadas en SETENTA MIL BOLIVARES CADA UNA (Bs. 70.000,oo) para un total de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 350.000,oo).- 17) TRESCIENTAS TREINTA Y UN (331) cajas de cola Dummo de 500 ML, avaluadas en SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs.662.000,oo).- 18) OCHENTA Y OCHO (88) cajas de 4 botellas de 5 LTS. De agua mineral San Marcos, avaluadas en QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL BOLIVARES (Bs. 528.000,oo).- 19) DOCE (12) cajas de agua mineral de 24 unidades de 333 ML, avaluado en CUARENTA Y TRES MIL DOCIENTOS (Bs. 43.200,oo).- 20) CIENTO DIEZ (110) cajas de 24 unidades de Soda Terepaima, avaluado en OCHOCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 880.000,oo).- 21) CINCUENTA Y DOS (52) cajas de Plastichip de 24 unidades, avaluados en CUATROCIENTOS DIESISES MIL BOLIVARES (Bs. 416.000,oo).- 22) SETENTA Y SEIS (76) cajas de agua mineral plastichip, avaluadas en SEISCIENTOS OCHO MILO BOLIVARES (Bs. 608.000,oo).- 23) CINCUENTA YCUATRO (54) cajas de agua mineral Sport cap, avaluados en SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 648.000,oo).- 24) Un vehículo marca Lada, modelo 21051, color Blanco año 92, clase automóvil, tipo Sedan, serial de carrocería: XTA210510N1290702, serial del motor: 2243440, que posee guardafango delantero roto, latonería y pintura en regular estado, motor en buenas condiciones, tapicería en mal estado, 4 cauchos en uso y uno de repuesto en regulares condiciones, el cual le pertenece a la demandada DISTRIBUIDORA BRACHO VILLALOBOS C.A. (DISBRAVICA), según certificado de registro de vehículos Nº 3356061 de fecha 8 de Agosto de 2001, avaluado en DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,oo).- 25) Un monta cargas manual marca, Power hidraulic color rojo, sin seriales visibles, avaluado en CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,oo).- 26) Un cuadro decorativo enmarcado de 80x90 cm. aproximadamente por un valor de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo).- 27) Un cuadro decorativo enmarcado de 80 x 90 cm. aproximadamente por un valor TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo).- 28) Un cuadro decorativo enmarcado de 1,30 x 1,10 Cm. Aproximadamente, por un valor de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,oo).- 29) Un cuadro decorativo enmarcado de 1,50 x 1 Mts. Aproximadamente por un valor de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,oo).- 30) Dos cuadros decorativos enmarcados de 80 x 30 cm. Aproximadamente por un valor de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo) cada uno.- 31) Un cuadro decorativo enmarcado de 80 x 90 Cm. Por un valor de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo).- 32) Un cuadro alusivo al libertador de 70 x 80 Cm. Aproximadamente por un valor de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) 33) Una calculadora marca Canon modelo P121DH, serial A28632, avaluado en TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,oo).- 34) Una calculadora marca Canon modelo P121DH, serial A246161, avaluado en TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,oo).- Los bienes muebles anteriormente señalados, identificados y avaluados suman la cantidad total de TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 30.845.200,oo). Seguidamente y una vez llevada a efecto la identificación de los bienes señalados, ESTE JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE LOS BIENES MUEBLES ANTERIORMENTES IDENTIFICADOS HASTA POR LA CANTIDAD DE TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 30.845.200,oo). En este estado presente el Apoderado Judicial de la parte actora, expuso: “ Por cuanto los bienes embargados en este acto no cubren la totalidad del monto decretado, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demandada hasta cubrir dicho monto”. Cumplida como ha sido la presente comisión este Tribunal y el Apoderado Judicial de la parte actora dejan constancia que no se ha recibido ningún tipo de emolumento para la práctica de la presente medida. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ:
ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO:
EL APODERADO JUDICIAL PERITO AVALUADOR Y
DE LA PARTE ACTORA: DEPOSITARIO JUDICIAL:
LA SECRETARIA:
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