En horas de despacho del día de hoy VIERNES 26 DE NOVIEMBRE de dos mil Cuatro, siendo LAS 10:50 A.M. fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas, relacionada con el Juicio que por ALIMENTOS sigue SORANGEL FARIAS BARRERA contra el Ciudadano ONELIO SEGUNDO FARIA SANCHEZ y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la en la Empresa MOALCA, se procedió a notificar a ALFREDO ACOSTA, titular de la Cédula de Identidad Número V-9.732.185, con el carácter de ENCARGADO DE NOMINA y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano ONELIO SEGUNDO FARIA SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V-15.442.721 y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano ONELIO SEGUNDO FARIA SANCHEZ, parte demandada es trabajador al servicio de MOALCA- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de MOALCA.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO QUE LE CORRESPONDAN AL CIUDADANO ONELIO SEGUNDO FARIA SANCHEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 15.442.721, COMO EMPLEADO AL SERVICIO DE MOALCA. B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DE LAS UTILIDADES Y BONO VACACIONAL QUE LE PUEDA CORRESPONDER EN EL PRESENTE AÑO Y ASI SE CONFIRMA.- Las cantidades a retener deberán ser remitidas, en Cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS, EXP. 31.159. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ: EL NOTIFICADO:

ABOG. GUILLERMO INFANTE


LA SECRETARIA