En horas de Despacho del día de hoy MARTES DIECISEIS (16) de Noviembre del año dos mil cuatro, siendo las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, sigue la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS ALIMENTICIAS HERMOS DE VENEZUELA S.A. contra La empresa LACTEOS SANTA BARBARA, C.A. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por la Apoderada Judicial de la parte actora Abogada MARTHA FARIA HERNANDEZ, específicamente en la sede de la empresa LACTEOS SANTA BARBARA, C.A., ubicada en la Avenida Principal de la Zona Industrial de Maracaibo, N° 58A-195, Parroquia Luis Hurtado Higuera, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar a la ciudadana SORAYA CASTELLANO SARAVIA Titular de la Cédula de Identidad Número V-5.713.463, con el carácter de Apoderada Judicial de la empresa LACTEOS SANTA BARBARA, C.A, según se evidencia de Poder que le fue otorgado por ante la notaria Publica Tercera de Maracaibo el día 7 de Septiembre de 1995 anotado bajo el Nº 82, Tomo 107 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria y quien una vez impuesta del motivo de la presencia del Tribunal, expuso: “Para dar por concluido el presente juicio, ofrezco pagar en este acto a la parte actora, la cantidad de UN MILLON CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs. 1.124.890,15) de la manera siguiente: La cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.300.000,oo), en dinero en efectivo y de curso legal en el país y la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs.824.890,15) mediante cheque Nº 01005104, de esta misma fecha, girado contra el Banco Provincial a nombre de MARTHA FARIA, Apoderada Judicial de la parte actora, monto este que cubre el decreto de intimación”. En




este estado presente el Apoderado Judicial de la parte actora, expuso: “Acepto el pago efectuado por la Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil LACTEOS SANTA BARBARA, C.A. la abogada SORAYA CASTELLANO, por lo que solicito a este Tribunal ejecutor se abstenga de llevar a efecto la medida para la cual fue comisionado”. Vista las anteriores exposiciones, este Tribunal se abstiene de llevar a efecto la medida para la cual fue comisionado y ordena remitir las presentes actuaciones al tribunal de la causa. CUMPLIDA COMO HA SIDO LA PRESENTE COMISION ESTE TRIBUNAL Y LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA DEJAN CONSTANCIA QUE NO SE HA RECIBIDO NINGUN TIPO DE EMOLUMENTO PARA LA PRÁCTICA DE ESTA MEDIDA. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ:
LA NOTIFICADA:
ABOG. GUILLERMO INFANTE

LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA:

LA SECRETARIA: