En horas de despacho del día de hoy 15 DE NOVIEMBRE del año dos mil cuatro, siendo las 10:30 A.M., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 2, relacionada con el Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO sigue la Ciudadana YANETH LUCIA SANCHEZ GRANADOS contra el Ciudadano RICHARD ENRIQUE PEREIRA y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la Policía del Municipio San Francisco (POLISUR), se procedió a notificar a JOSE DANIEL LEAL, titular de la Cédula de Identidad Número V-9.794.582 con el carácter de JEFE DE DIVISION a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano RICHARD ENRIQUE PEREIRA, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.242.813 y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano RICHARD ENRIQUE PEREIRA, parte demandada es empleado de POLISUR.-SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de POLISUR.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO: 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LAS UTILIDADES O REMUNERACION DE FIN DE AÑO, DE LAS PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEICOMISO QUE DEVENGA EL DEMANDADO 2) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO, UTILIDADES, FIDEICOMISO y 3) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES QUE LE PUEDAN CORRESPONDER AL DEMANDADO Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener por concepto de Prestaciones Sociales y Fidecomiso deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 02, EXP. N° 05786 y las cantidades a retener por concepto de Sueldo, Bono Vacacional y/o Vacaciones y Utilidades le sean entregadas directamente a la reclamante de autos Ciudadana YANETH LUCIA SANCHEZ GRANADOS, C.I. N° V-12.513.779. Igualmente se hace saber al notificado que debe informar al Tribunal de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el demandado e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido Ciudadano. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ : EL NOTIFICADO :
LA SECRETARIA