En horas de Despacho del día de hoy, Veinticuatro (24) de Noviembre de dos mil cuatro (2004); siendo las nueve y cincuenta (09:50Am) horas de la mañana, previa fijación acordada al efecto, se trasladó y constituyó éste JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a las oficinas del RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA, ubicada en la Avenida 16 (Guajira), específicamente en el Departamento de Nómina, en Jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de practicar la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVA, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, seguido por la ciudadana FLOR AMERICA SANCHEZ QUIVA, contra la ciudadana ADA J. CASTRO MORENO, titular de la cédula de identidad N°V-4.994.482. Presente el (la) ciudadano (a):EDERMIRA JOSEFINA LEAL, Venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-7.761.561 y domiciliado (a) en Jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y quién dijo proceder con el carácter de Jefe Encargado Analista de Nomina, de las Oficinas donde se está constituido, el Tribunal le notificó del objeto de su traslado y constitución, y de la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVA, decretada por el Comitente y señalada por la parte actora, sobre: LAS PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEICOMISO, que le correspondan corresponder a la ciudadana ADA J. CASTRO MORENO, titular de la cédula de identidad N°V-4.994.482, como Trabajadora al Servicio de la de la Universidad del Zulia, todo hasta cubrir la cantidad de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 7.500.000,oo), dentro de los parámetros establecidos en el Artículo l63 de la Ley Orgánica del Trabajo. Seguidamente, este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, los haberes antes mencionados, pertenecientes a la demandada de autos, y advirtió al (la) Notificado (a) de la obligación en que está de impartir las órdenes conducentes a fin de que se le hagan a dicha ciudadana las deducciones correspondientes, en caso de despido, retiro voluntario, muerte o cualquier otra causa que dé por terminada su relación laboral. Que las cantidades de dinero embargadas con motivo de este Juicio, deberán ser depositadas en la Cuenta Corriente N° 050-100597-9, del Banco Industrial de Venezuela a nombre del JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, mediante Cheque de Gerencia. En este estado, el (la) Notificado (a), con el carácter acreditado, expuso: “En nombre de mi representada, me doy por Notificado (a) de la presente medida, a reserva de verificar: l) Si dicha ciudadana ADA J. CASTRO MORENO, titular de la cédula de identidad N°V-4.994.482 es o no Trabajadora, al Servicio de la de la Universidad del Zulia; 2) Si no existe ninguna otra medida practicada con antelación la presente. 3) Si no le han sido adelantadas prestaciones sociales. 4) Si no existe alguna acreencia a favor de mi representada y 5) Cualquier otra circunstancia que derive de la presente”. Finalmente, el Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dádivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad de la Justicia. Este acto finalizó a las nueve y diez (09:10Am) de la mañana, leyéndose y conformes firman.-

LA JUEZ:
ABOG. SURMA RODRIGUEZ DE BURGOS

EL (LA) NOTIFICADO (A):
EDERMIRA JOSEFINA LEAL

LA SECRETARIA:
ABOG. ANAIS VILLALOBOS V.
SRdeB/nlr.-
Comisión N° 2434-2004.