REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 3544
En el día de hoy diez ( 10 ) de Noviembre de 2.004, siendo las once y treinta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa SCHLUMBERGER DE VENEZUELA, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de LIQUIDACION Y PARTICION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL seguido por la ciudadana ANA ANGELICA SOCORRO NOVOA, titular de la cedula de identidad N° 12.326.597 en contra del ciudadano LUIS MANUEL ESCOBAR RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 7.422.188. Seguidamente el tribunal una vez constituido procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano BIVIANA VENCE titular de la cédula de identidad N° 9.781.285 en su condición de Coordinadora de Relaciones Laborales. Seguidamente estando presente la ciudadana ANA ANGELICA SOCORRO NOVOA, ya identificada, asistida en este acto por la abogada en ejercicio MARTHA PEÑALOZA inscrita en el inpreabogado bajo N° 87.887, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo Preventivo decretada por el Juzgado de la causa, sobre el cien por ciento (100%) de las Prestaciones Sociales, que le pueda corresponder al demandado, en la empresa SCHLUMBERGER DE VENEZUELA, en las condiciones expresadas en el despacho de medida.