REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA



La Asunción, Dieciocho (18) de Mayo de Dos Mil Cuatro.-
194° y 145°

Vista la anterior Transacción celebrada en fecha veinticinco (25) de Marzo del año en curso, mediante la cual la parte demandada, Sociedad Mercantil MARISLE. COM, C.A, representada por su apoderado judicial Dr. AURELIO CRISAFULLI, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.343.913, de profesión abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.088, , según consta de instrumento Poder debidamente autenticado en fecha 22 de JUILIO de de 2003, anotado bajo el N° 08, Tomo 43, del año 2004, y por la otra parte la ciudadana CAROLINA CASTAÑEDA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 8.639.495, de éste domicilio, en su carácter de parte actora en el presente juicio debidamente asistida por el Dr. KAMIL SALMEN HALABI, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°11.856.952, de éste domicilio, de Profesión Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° bajo el N° 77.346, celebraron transacción , en el presente expediente 5201/03, éste Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con el artículo 10 de su Reglamento, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos, por cuanto los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, versan sobre derechos disponibles y se adaptan a los criterios jurisprudenciales de la Sala Constitucional y Social del Tribunal Supremo de Justicia; pasa con Autoridad de Cosa Juzgada, se ordena remitir el presente expediente al archivo Regional de ésta Circunscripción Judicial, para su resguardo y cuido , y por cuanto la causa contenida en el mismo ha concluido líbrese oficio a la Coordinación Judicial del Trabajo de éste Estado , a los fines legales consiguientes.-

ELIDA SUAREZ VELASQUEZ
LA JUEZ TEMPORAL
LA SECRETARIA TEMPORAL
PAULA DÍAZ MALAVER.