REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Expediente No. 35. 098

En el presente proceso que por NULIDAD ABSOLUTA DE VARIOS CONTRATOS DE VENTA instauró el ciudadano RUBEN DARIO FUENMAYOR NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.521.129, asistido por el abogado en ejercicio GUILLERMO GONZALEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 10.521, en contra de los ciudadanos CARMEN DELIA HENRIQUEZ SALOM DE STRAUSS, PABLO HENRIQUEZ MARAGUA, MARIO Y ANGELA TINOCO NAVA, ROSARIO HENRIQUEZ NAVA, JUAN VICENTE FABIANNI HENRIQUEZ titular de la cédula de identidad número 10.337.080, SONIA CONCEPCIÓN FABIANNI HENRIQUEZ titular de cédula de identidad número 10.337.079, VICTOR NAVA NAVA, ESTHER DOLORES NAVA NAVA, LILA FUENMAYOR NAVA, LENNY FUENMAYOR NAVA, MARCOLINA QUINTANA DE HENRIQUEZ titular de la cédula de identidad 990.345, JOSÉ de la CRUZ FUENTES VELÁSQUEZ titular de la cédula de identidad 511.415, MARTA INÉS BAUTISTA de FUENTES titular de la cédula de identidad 988.124, ANTONIO SOTO ACOSTA titular de la cédula de identidad número 1.650.222, CRISÁLIDA RINCÓN de SOTO titular de la cédula de identidad 3.278.744, GREGORIO COELLO titular de la cédula de identidad 100.147, ANGELA CECILIA TORRES de CUELLO titular de la cédula de identidad 1.066.486, MARIA CONCEPCIÓN ANDRADE SUAREZ, VICENZO POLISANO ALAIMO, AURA TERESITA BALZA de LANDINE, RICARDO LANDINE LUENGO, HUMBETO BALZA ROMERO, YOLENY MAZA de BALZA, MARIA MAYELA BALZA de URDANETA, RAFAEL ARTURO URDANETA, GLADYS TERESITA BALZA de VILLALOBOS, FREDDY





GERARDO VILLALOBOS ROMERO, GERARDO BALZA ROMERO, JANETH CAROLINA MENDEZ de BALZA, JUDITH MENDEZ SANDOVAL, JULIO CESAR MENDEZ SANDOVAL, MARISELA BALSA
ROMERO, GIUSSEPPE DI GAETANO, todos domiciliados en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; este Tribunal observa que desde el día veinticinco (25) de febrero de 2003, fecha en que la parte actora solicitó que el Tribunal procediera a practicar la citación de las partes demandadas, hasta la presente fecha, transcurrió más de un (1) año sin ningún acto de procedimiento de las partes para impulsar el proceso, en consecuencia, se ha producido el efecto previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como es la extinción de la instancia.
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el referido artículo en concordancia con lo dispuesto en el artículo 269 ejusdem, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA, en el presente proceso que por NULIDAD ABSOLUTA DE VARIOS CONTRATOS DE VENTA instauró el ciudadano RUBEN DARIO FUENMAYOR NAVA en contra de los ciudadanos CARMEN DELIA HENRIQUEZ SALOM DE STRAUSS, PABLO HENRIQUEZ MARAGUA, MARIO Y ANGELA TINOCO NAVA, ROSARIO HENRIQUEZ NAVA, JUAN VICENTE FABIANNI HENRIQUEZ, SONIA CONCEPCIÓN FABIANNI HENRIQUEZ, VICTOR NAVA NAVA, ESTHER DOLORES NAVA NAVA, LILA FUENMAYOR NAVA, LENNY FUENMAYOR NAVA, MARCOLINA QUINTANA DE HENRIQUEZ, JOSÉ de la CRUZ FUENTES VELÁSQUEZ, MARTA INÉS BAUTISTA de FUENTES, ANTONIO SOTO ACOSTA, CRISÁLIDA RINCÓN de SOTO, GREGORIO COELLO, ANGELA CECILIA TORRES de CUELLO, MARIA CONCEPCIÓN ANDRADE SUAREZ, VICENZO POLISANO ALAIMO, AURA TERESITA BALZA de LANDINE, RICARDO LANDINE LUENGO, HUMBETO BALZA ROMERO, YOLENY MAZA de BALZA, MARIA MAYELA BALZA de URDANETA, RAFAEL ARTURO URDANETA, GLADYS TERESITA BALZA de VILLALOBOS, FREDDY GERARDO VILLALOBOS ROMERO, GERARDO BALZA ROMERO, JANETH
CAROLINA MENDEZ de BALZA, JUDITH MENDEZ SANDOVAL, JULIO
CESAR MENDEZ SANDOVAL, MARISELA BALSA ROMERO, GIUSSEPPE
DI GAETANO, todos ya identificados, en la parte narrativa de este fallo.
No hay condenatoria en costas por tratarse de la Perención de la Instancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
REGÍSTRESE y PUBLÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada, en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los _________ ( ) días del mes de mayo del año dos mil cuatro (2.004). Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
La Juez,
(fdo)
Dra. Eileen Lorena Urdaneta Núñez La Secretaria,
(fdo)
Abog. Militza Hernández Cubillán
En la misma fecha, siendo las __________________, se dictó y publico el fallo que antecede, previo cumplimiento de las formalidades de Ley, quedando anotada bajo el No. _______ del Libro de Sentencias. La Secretaria, (fdo) Abog. Militza Hernadez Cubillán.
La suscrita Secretaria CERTIFICA: que la presente copia es traslado fiel y exacto de su original. Maracaibo, ( ) de mayo de 2004.
ELUN/MHC/dcjf