REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA


EXPEDIENTE: 00279
CAUSA: PENSION DE ALIMENTO
PARTES: DEMANDANTE: OLIVIA ROSA ORTEGA MARTINEZ
DEMANDADO: LUIS ALBERTO VILLAMIZAR MAVAREZ



Visto el acta de conciliación inserta al folio 13 de la presente causa, suscrito entre el RECLAMADO LUIS ALBERTO VILLAMIZAR MAVAREZ y la RECLAMANTE OLIVIA ROSA ORTEGA MARTINEZ, y por cuanto el ofrecimiento hecho garantiza la manutención de la niña LUZIMAR MARIA VILLAMIZAR ORTEGA, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, homologa el ofrecimiento, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprùn de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Encontrados a los diez días del mes de mayo del año dos mil cuatro.-Años 194ª y 145ª.
La Jueza,
Abg. Egda Josefa Prada Pérez
El Secretario,
Wilmer Enrique Ocando Fernández
En la misma fecha y conforme a lo ordenado, quedando anotada bajo el número: 04 de las Sentencias Interlocutorias.-
El Secretario,
Wilmer Enrique Ocando Fernández