El día de hoy cuatro (04) de Mayo del año 2.004, siendo las doce horas y treinta minutos de la tarde (12:30 pm.), de conformidad con lo acordado y a pedimento de la parte, se constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en su sede original piso 10 del Edificio Arauca Av. Bella vista Municipio Maracaibo, Estado Zulia con motivo del juicio que por Cobro de Bolívares por Intimación sigue el ciudadano Oscar González ( End en Proc de Ángel Morata ) , en contra del ciudadano Elixander López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.638.239. Acto seguido se constituyeron en la sede del Tribunal antes indicado y con el fin de evitar la ejecución de la medida de embargo decretada en el juicio seguido como se indica en la parte superior de esta acta en contra del ciudadano Elixander López el mencionado ciudadano demandado en este proceso con la asistencia del Abogado Iván Ferrer y asímismo el apoderado actor Abog. Oscar González con el objeto de plasmar en la comisión de exhorto un convenimiento de pago. Acto seguido se designa perito avaluador al ciudadano Alberto José Navarro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.510.222, quien expuso: “Acepto el cargo recaído en mi persona”. De seguida el Tribunal procedió a tomarle el juramento de Ley en la forma siguiente: Jura usted cumplir con los deberes inherentes al cargo de perito recaído en su persona?, contestó: “ Lo juro”. Se designa Depositario Judicial a la Depositaria Judicial Sur del Lago ( DEPOSURCA ), representada en este acto por el ciudadano Alberto José Navarro, antes identificado, quien estando presente expuso: “ En nombre de mi representada, acepto el cargo recaído en la misma”. Acto seguido presente en el Despacho Primero Ejecutor de Medidas el ciudadano ELIXANDER LOPEZ PIRELA, titular de la Cédula de Identidad No. 3.638.239, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio IVAN FERRER, titular de la Cédula de identidad No. 4.523.369 Impr. Abogado No. 83400, expuso: Me doy por notificado en este acto ya que los hechos son ciertos lo que adeudo a mi demandado me comprometo a pagar el día de mañana Cinco de Mayo del presente año, a pagar TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES ( Bs. 3.500.000,oo ), en la persona del demandante Abogado Oscar González, ya identificado y en un lapso de treinta días a partir de la presente fecha cancelaré la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES ( Bs. 1.000.000,oo ) , quedando así cancelada la totalidad de la deuda, pagos estos que se efectuaran en el Tribunal de la causa en las fechas señaladas. En este estado presente el Abogado Oscar González, acepto el ofrecimiento de pago que se me ofrece en este acto en los términos y condiciones anteriormente señalados. Ambas partes solicitan del Tribunal Ejecutor se abstenga de practicar la medida de embargo para la cual fue suficientemente exhortada por el Juzgado de causa Noveno de los Municipios urbanos pidiendo asímismo a este Ejecutor proceda remitir las presente actuaciones al juzgado de la causa a los fines de que proceda este ultimo a homologar el presente convenimiento de pago. Este Tribunal Ejecutor se abstiene de ejecutar la presente medida de embargo y acuerda remitir dichas actuaciones al Juzgado de la causa a los fines consiguientes, terminando el acto a las tres de la tarde.-
LA JUEZ ,


EL APODERADO JUDICIAL EL DEMANDADO Y SU ABOGADO
DE LA PARTE ACTORA, ASISTENTE,




PERITO Y DEPOSITARIO JUDICIAL,


EL SECRETARIO ACCIDENTAL,