La Asunción, 20 de Mayo de 2004


Visto que en el día de hoy, funcionarios adscritos a la Base Operacional N° 4 del Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), efectuaron el traslado del penado en la Causa N° 1473 de la nomenclatura de este Juzgado, ciudadano JOSUE LINO NAVARRO, titular de la cédula de identidad N° V-14.220.595, a la sede de este Tribunal de Ejecución, a solicitud de esta Juzgadora y con la finalidad de otorgarle su Libertad por haberle concedido a su favor el Beneficio de Confinamiento; y no obstante habiendo este Tribunal emitido Boleta de Libertad N° 45, a favor del prenombrado penado, en fecha veinticuatro (24) de Marzo del año dos mil cuatro (2004), la cual fue remitida mediante Oficio N° 639 y recibida la misma, por funcionarios adscritos a dicha Base Operacional N° 4 del órgano policial indicado, en la referida fecha, no es sino hasta el día de hoy, habiendo transcurrido veintitrés (23) días continuos contados desde la fecha en que se dicta la correspondiente Orden de Excarcelación (Boleta de Libertad) hasta la fecha actual, cuando efectivamente este Tribunal le otorga la libertad a dicho ciudadano, ante el incumplimiento de parte de las autoridades policiales de la orden emanada de esta autoridad jurisdiccional competente. En consecuencia, estando en presencia de la comisión de Presunta Privación Ilegítima de Libertad del ciudadano JOSUE LINO NAVARRO, de parte del Comandante y/o otros Funcionarios adscritos a la Base Operacional N° 4 del Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), incurriendo por ende en la violación De los Derechos Civiles inherentes a todo ciudadano, estatuidos en el Capítulo III, artículo 44 numeral 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ORDENA oficiar a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, para que de conformidad con lo estatuido en el artículo 283 en concordancia con el numeral 2° del artículo 287 del Código Orgánico Procesal Penal, aperture la Investigación correspondiente, anexándole copia certificada de los recaudos arriba indicados (Oficio N° 639 y Boleta de Libertad N° 45). Asimismo, se ORDENA oficiar al Comandante de la Base operacional N° 4 Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), notificándole la apertura de la investigación correspondiente ante la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y ordenada por este Tribunal. Y ASI SE DECIDE.

Regístrese, Notifíquese a las partes, Ofíciese lo conducente y Cúmplase.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN


Dra. AVILAMAR ALVAREZ RIVAS






LA SECRETARIA


Abg. MONTSERRAT PALLARES



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Lo Certifico.-



LA SECRETARIA


Abg. MONTSERRAT PALLARES







C. N° 1473