Visto el oficio N° ZUL-27-04-066 de fecha 09-02-04 emanado de la Fiscalía Vigésima Séptima del Ministerio Público, en el cual solicita se elaboren los Cómputos de Pena al penado: ARNALDO ALBERTO IBARRA PEREZ, conforme a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, con indicación de las fechas en que cumplen las ¾ partes de la pena para optar a confinamiento, la pena principal y la sujeción de la vigilancia a la autoridad civil, este Tribunal pasa a decidir observando previamente lo siguiente:
El penado: ARNALDO ALBERTO IBARRA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° NO PORTA, fue condenado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley por la comisión de los delitos de VIOLACION Y ROBO GENERICO, previstos y sancionados en los artículos 375 y 457 del Código Penal, cometido en perjuicio de Maria Montero, Virginia Bermúdez, Felipe Ortiz, José Regino y María Montero. Ahora bien, consta en actas que el citado penado fue detenido en fecha 26-08-99, por lo que hasta el día de hoy 08-03-2004 fecha en que se elabora el presente cómputo, lleva detenido CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) MESES Y ONCE (11) DIAS. Tiene redimido en razón de trabajo y/o estudio UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS, que sumados al tiempo que lleva detenido hace un total de SEIS (06) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS, faltándole por cumplir NUEVE (09) MESES Y DOS (02) DIAS; Cumplirá la pena principal el día 09-01-2005; Cumplió ¼ parte de la pena el día 09-09-99, para el beneficio de Destacamento de trabajo; cumplió 1/3 el día 09-04-00 para el beneficio de Régimen Abierto; cumplió las 2/3 partes de la pena impuesta el día: 09-08-02 para el Beneficio de Libertad Condicional; cumplió las ¾ partes de la pena impuesta el día: 09-03-03 para el Beneficio de Confinamiento, y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/4 parte de la Pena impuesta hasta el día: 09-09-2006.-