REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA







CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Maracaibo, 19 de Marzo 2004
Años 193° y 144°


RESOLUCIÓN N° 050-04 CAUSA N° 5E-027-04

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Firme como ha quedado el fallo dictado por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 12MAR04 (folios 28 al 30, ambos folios inclusive), contra del penado RICHARD ALBERTO RINCÓN, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a ejecutar dicha sentencia y a elaborar el cómputo respectivo de la manera siguiente:

PRIMERO:
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El penado, RICHARD ALBERTO RINCÓN, fue condenado a sufrir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, previa admisión de los hechos, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, cometido en perjuicio de JOSE ELI FUENMAYOR……………………………………………………………………


SEGUNDO:
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El penado RICHARD ALBERTO RINCÓN, fue detenido el día 13NOV03, por lo que lleva detenida CUATRO (04) MESES y (06) DIAS, faltándole por cumplir un (01) AÑO, SIETE (07) MESES Y VENTICUATRO (24) DIAS, por tal motivo, cumple la pena principal el día 13MAY05.- ………………………………………………..


TERCERO:
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Ahora bien en cuanto a las formulas alternativas al cumplimiento de pena es de hacer acotación, que los hechos ocurrieron el día 13NOV03, por lo que tomando en cuenta el delito cometido la mencionada penada debe cumplir la mitad de la pena la mitad (1/2) de la pena sin redención, antes de poder optar a las formulas alternativas al cumplimiento de pena previstas en nuestra legislación, en atención a lo establecido en el articulo 493 del Código Orgánico Procesal Pena.
De tal manera que en presente caso, el penado RICHARD ALBERTO RINCÓN cumple la mitad (1/2) de la pena el día 13NOV04, Cumple las dos terceras (2/3) partes de la pena el día 13MAR2005, pudiendo optar a partir de esta fecha a la fórmula alternativa al cumplimiento de la pena de Libertad Condicional, cumple las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, el día 13MAY05, pudiendo optar a partir de esa fecha a la conmutación por el resto de la pena o Confinamiento. Finalmente, en cuanto a la sujeción a la Vigilancia por parte de la autoridad civil, culminada la pena principal, la cumplirá el día 13NOV05, tomando en cuenta que por ser un delito con pena de presidio, equivale a una cuarta (1/4) parte de la pena que ha de cumplir el día 13MAY06. Y ASI SE DECLARA.-

DISPOSITIVA
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Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Declara en Estado de ejecución la presente Sentencia y los respectivos cómputos de Ley, relacionado con el penado, RICHARD ALBERTO RINCÓN, venezolano, natural de Santa Bárbara, Estado Zulia, de 32 años de edad, soltero, de oficio Artesano, hijo de Nicolás Alberto Benavides y Lisa Elena Rincón, residenciado en el Barrio Armando Molero, Calle 77 con Avenida 78, casa N° 103-12, Sector El Marite, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Asimismo se ordena oficiar al Director del Centro Penitenciario de Maracaibo, a los fines de que trasladen al referido penado para el día 24-03-04, a las nueve (09:00) de la mañana, a la orden de éste Despacho. Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de la misma con oficio al Director del Centro Penitenciario de Maracaibo, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, al Presidente y demás miembros del Consejo Nacional Electoral; notifíquese mediante Boletas a la Fiscalía 27° del Ministerio Público de este mismo Circuito Judicial Penal y a la defensa.-……………………………………….
EL JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN



Dra. NOLA GÓMEZ RAMÍREZ


EL SECRETARIO (S)


ABG. JOSE LUIS LOSSADA


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta Resolución, se registró la misma bajo el número 050-04, se certificó la presente resolución, se ofició bajo los números 0257-04, 0263-04, 0264-04, y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación………………………………………………………………………...
EL SECRETARIO


CAUSA N° 5E-027-04.-
NGR/Melixi A.