REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA





JUZGADO NOVENO DE CONTROL
193° y 144°
MARACAIBO, 22 DE MARZO DE 2004

Visto el escrito presentado por la Abogada DULCE DE JESUS ARAUJO, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Zulia, en el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de la ciudadana ELIZABETH GUERRERO SANCHEZ, de conformidad con lo previsto en el numeral 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado para decidir observa:
Se inicia la presente averiguación, mediante Acta Policial de fecha 08-03-03, suscrita por efectivos adscritos al Comando Regional N° 3 de la Guardia Nacional, donde se deja constancia de las siguientes actuaciones policial: El día Jueves 06 de Marzo del dos mil tres, aproximadamente…, establecimos punto de control debajo del distribuidor de Sabaneta…, cuando observamos acercarse un vehículo: Marca Chevrolet…, a fin de efectuarle revisión de los seriales de identificación…, presentando su cédula de identidad laminada con su fotografía…, seguidamente la ciudadana mostró los siguientes documentos…, a nombre del ciudadano ANGEL EDUARDO FLORES GARCIA.
En efecto del contenido de las actas que acompaña la Representante del Ministerio Público, a la presente solicitud de Sobreseimiento se evidencia que el no hay suficiente elementos de convicción para poder individualizar la responsabilidad penal de la ciudadana ELIZABETH GUERRERO SANCHEZ, las cuales no le puede ser atribuida responsabilidad alguna en el presente hecho punible. En consecuencia se acuerda Decretar el Sobreseimiento de la Presente Causa de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECERETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de la ciudadana ELIZABETH GUERRERO SANCHEZ, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese, regístrese la presente Resolución y remítase al Archivo judicial en su oportunidad correspondiente.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
EL SECRETARIO

ABOG. ROMER LEAL DURAN

En la misma fecha se registró la presente Resolución con el N° 388-04, y se libro Boleta de Notificación.
EL SECRETARIO

ABOG. ROMER LEAL DURAN









Causa N° 9C-210-04.-
HCV/a.a.