REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 31 de Marzo de 2004.-
193º y 145º
Vista la diligencia presentada en fecha ocho (08) de Octubre de 2003, suscrita por la abogada en ejercicio LOIDA MARCANO de DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 15.290, con el carácter acreditado en autos, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento. El Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el presente expediente en su debida oportunidad. Y ASI SE ESTABLECE.-