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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 EN SU NOMBRE
 TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
 DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, SECCION LA ASUNCIÓN
 
 La Asunción, 27 de  Marzo de 2004
 193 y 145
 
 RESOLUCION JUDICIAL
 
 
 PROCEDIMIENTO POR CONSUMO
 
 IMPUTADO: ERASMO JOSE SALAZAR RODRIGUEZ.
 
 DEFENSA: JUAN PAULO MOLINA
 
 FISCAL: DR. FRANCISCO GARCIA MELENDEZ, Fiscal tercero del Ministerio Publico.
 
 
 CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS: previstos y sancionados en el artículo 75 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
 
 
 Oídas las partes en la audiencia oral que tuvo lugar el día de hoy en las presentes actuaciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en la ciudad de la Asunción, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
 
 PRIMERO: Considera este Tribunal que de conformidad con lo establecido en los artículos 75 y 76 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas ciertamente estamos en presencia de dos personas que a criterio de este Tribunal deben ser declarados como CONSUMIDORES, toda vez que el examen toxicológico realizando a los mismos,  dio como resultado  positivo al consumo de marihuana, así mismo por la cantidad de droga incautada, la cual es la permitida en el articulo 75 de ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, razones por las cuales , se decreta una medida de Seguridad, como lo es la Libertad Vigilada de ambos ciudadanos.  SEGUNDO: Tal como lo solicita el representante del Ministerio Público, se ordena la practica de los exámenes establecidos en el articulo 114 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas a ambos ciudadanos. TERCERO: se decreta la prosecución del presente procedimiento por la vía Administrativa por Consumo.  Se ordena la destrucción por incineración de la sustancia estupefaciente decomisada.
 LA JUEZ DE CONTROL N° 03,
 
 
 DRA. JUNEIMA CORDERO BARRETO
 
 
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. MARIA LETICIA MURGUEY
 
 
 
 ACT NRO. 3C-7561-4
 
 
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