REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
Maracaibo; 22 de Junio del 2004

Resolución N° 34-04
Causa 3M-312-04.

En fecha 26 de Abril del presente mes y año, se recibe la presente causa, en relación al ciudadano Acusado OSCAR MOLERO RODRIGUEZ, quien es venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, portador de la cedula de identidad N° 13.001.224,, soltero, mayor de edad, de profesión u oficio Estudiante de Informática, hijo de Oscar Molero y de Rita de Molero, residenciado en la Urbanización Raúl Leonis, primera etapa, bloque 30, apartamento 00-02, de este Municipio y quien actualmente se encuentra en Libertad, asistido por su Abogada Defensora Privada, AMERICA LUCY TERAN,, solicitaron a este Tribunal, constituirse Unipersonalmente en aras del debido proceso establecido en el articulo 49 de la Constitución nacional y el articulo 1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal, visto el auto de fecha 12 de Mayo del 2004, en la cual se suspende la Constitución del Tribunal de Manera Mixta, por no existir quórum por parte de la oficina de participación Ciudadana, posteriormente en fecha 14 de Mayo se difiere por falta de Quórum por parte de participación ciudadana, en fecha 31 de mayo del 2004, se difiere nuevamente por falta de quórum por parte de participación ciudadana, en fecha 04 de Junio del 2004, se ordena diferir el Juicio Oral y Publico, por cuanto no se encontraba Constituido el Tribunal, y se ordeno fijar por auto por separado, hasta tanto el Tribunal se pronuncie en relación a la integración del Tribunal Mixto, y oída la opinión del ciudadano Fiscal del Ministerio Publico, y de la abogada defensora, en virtud de que no se ha podido Constituir el Tribunal de Manera Mixta, para la celebración del Juicio Oral y Publico, fijado para el día de hoy, según lo establecido en el articulo 65 del Códigos Orgánico Procesal Penal, es por lo que las partes intervinientes en el proceso renuncian a este derecho por considerar que están en presencia de una dilación indebida en la decisión de la causa que se sigue en su contra, considera que es procedente en derecho la renuncia del acusado de autos para la Constitución del Tribunal Mixto , y en consecuencia este Juez quien es el Juez Presidente del Tribunal, para constituirse con Escabinos, considera procedente en derecho la constitución en forma Unipersonal del mismo a los efectos de llevar adelante el juicio a los fines superiores de otorgar una justicia pronta y transparente.
Por las razones y fundamentos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE la solicitud, y en consecuencia, SE CONSTITUYE EN FORMA UNIPERSONAL para conocer del Juicio Oral y Publico en contra del acusado OSCAR MOLERO RODRIGUEZ, quien es venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, portador de la cedula de identidad N° 13.001.224,, soltero, mayor de edad, de profesión u oficio Estudiante de Informática, hijo de Oscar Molero y de Rita de Molero, residenciado en la Urbanización Raúl Leonis, primera etapa, bloque 30, apartamento 00-02, de este Municipio, que fuera ordenado en contra del acusado por el Juez en Función de Control al declarar la Admisión de la Acusación que por los delitos de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 417 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JOSE ANGEL GONZALEZ BARRIOS. Publíquese, Regístrese, y Notifíquese.

LA JUEZ TERCERO DE JUICIO


LEXIDA CORONA DE ECHEVERRIA.


EL SECRETARIO,

ABG. ROMER LEAL DURAN.



En la misma fecha anterior se registro la anterior decisión bajo el N° 34-04.-

EL SECRETARIO,

ABG. ROMER LEAL