REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA




MARACAIBO, 24 DE Junio 2.004.
192° Y 144°


RESOLUCIÓN N° 696-04 CAUSA N° 9Cs-094-04

Vista la solicitud y exposición efectuada por la ciudadana Abogada LEANY INCIARTE ALMARZA, Fiscal Duodécima del Ministerio Público , en la cual solicita la INCAUTACIÓN DE LIBRO DE NOVEDADES del departamento de la Policía Regional de la Parroquia Luis Hurtado Higuera, correspondiente al presente mes y año, así como también toda la documentación que pueda coadyuvar a la investigación que se localice en la unidad Radio patrullera adscrita o asignada a dicho departamento, signada con el numero 035, ahora bien, este tribunal para decidir hace las siguientes observaciones, siendo el Ministerio Público el titular de la acción Penal, en delito de acción pública y el encargado de dirigir la investigación de los hechos punibles, es ajustado a derecho la solicitud efectuada por ante este despacho, por lo cual este tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 218 del Código Orgánico procesal penal, acuerda autorizar la incautación del libro de novedades del departamento de la policía regional, “Parroquia Luis Hurtado Higuera” y otros elementos de convicción que pueda contribuir al esclarecimiento de los hechos investigados por la vindicta pública; toda la documentación incautada a la orden de la referida Fiscalia; así de decide. Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Noveno de Control, Administrando Justicia y en nombre de la República y por la Autoridad de la Ley acuerda proveer lo solicitado.
Regístrese, ofíciese y Remítase dicha causa.
EL JUEZ DE CONTROL,

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
LA SECRETARIA

ABG. PATRICIA ORDOÑEZ
En la misma fecha se registró la presente decisión y se oficio bajo el N° 1.480-04 LA SECRETARIA


-