EXP. 6347 SENT. 8963

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
194° Y 145°

Se inició el presente juicio, por demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentó el ciudadano WILLIAM SEMPRUN RODRIGUEZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 9248, con domicilio en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A, Sociedad Mercantil, en contra del ciudadano JOSE ALMERA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad No. 7.855.510, con domicilio en Ciudad Ojeda del Estado Zulia. Por la cantidad de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTIDÓS BOLÍVARES CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS. (BS. 4.964.122,92).
Este Tribunal le dio entrada a dicha demanda en fecha 16 de Julio del 2003, se ordenó la citación de la parte demandada para que compareciera por ante este Tribunal el segundo días de despacho siguiente al día que conste en actas su citación.-
Mediante diligencia suscrita por el Abogado WILLIAM SEMPRUN RODRIGUEZ actuando con el carácter de Apoderado Judicial del Banco Occidental de Descuento parte demandante en el presente juicio, Expuso: ”desisto de la acción y del procedimiento en este proceso y pido al Tribunal pase por autoridad de cosa Juzgada este proceso y homologue este desistimiento y ordene archivar el presente expediente.”.-
El Tribunal, visto el anterior desistimiento presentado por la parte demandante en el presente juicio, acuerda su homologación dándole el carácter de cosa juzgada ordenándose el archivo el presente expediente. Y ASÍ SE DECLARA.
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Consumado el acto procesal de desistimiento, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO seguido por BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A, Sociedad Mercantil, en contra del ciudadano JOSE ALMERA MENDOZA, identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada.
No hay condenatoria en costas por tratarse de un desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y el artículo 72, ordinales 3° y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, el día veintidós (22) de Junio de dos mil cuatro (2004). 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
LA JUEZ ,

Abog. HELEN NAVA DE URDANETA


EL SECRETARIO TEMPORAL,
En la misma fecha, siendo las diez de la mañana se dictó y publicó la anterior sentencia, bajo el N°.8963, se ordenó devolver los documentos originales a la parte demandante previa certificación en actas de los mismos.-
EL SECRETARIO TEMPORAL