REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE
DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Cruz de Zulia, 01 de Junio 2004
194 ° Y 145°

En el día de hoy Primero de Junio del año dos mil cuatro, siendo las nueve de la mañana, día y hora previamente fijado y acordado, para llevar a efecto este acto, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprun, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento del abogado en ejercicio OSCAR LEONARDO ALVAREZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.777.847, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.103.585, domiciliado en la ciudad y Municipio Maracaibo Zulia, y de tránsito por acá, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, sobre el inmueble denominado fundo “HACIENDA BARRANQUILLA”, ubicada en Jurisdicción de la Parroquia Monseñor Álvarez del Municipio Sucre del Estado Zulia, el cual ocupa una superficie de MIL CIENTO DIECIOCHO HECTAREAS ( 1.118 Has), cuyos linderos generales son: NORTE: Finca La Cañadera, propiedad que es o fue de Argenis Contreras; SUR: Hacienda Santa Marta de Jesús Morillo y La Turcala de Enrique Suárez; ESTE: Hacienda María Dolores, propiedad de la Sucesión de Luis Guillermo Romero y OESTE: Tierras baldías y el Lago de Maracaibo, a fin de practicar AMPARO CONSTITUCIONAL en el sentido de DESALOJO de los ocupantes del referido fundo anteriormente identificado, en la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA VILLA CARMEN C. A, en contra del Instituto Nacional de Tierras, según decreto ordenado por el Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción procede a nombrar PERITO al ciudadano ADALBERTO MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.078.914, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia y de tránsito por acá, quién estando presente aceptó el cargo para lo cual fue designado y prestó el juramento de Ley en la siguiente forma: ¿JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES DEL CARGO PARA LO CUAL FUE DESIGNADO? y contestó: SI LO JURO. En este estado el perito expuso: En cuanto a la siembra perecedera lo que se encuentra más es, unas dos hectáreas de yuca no en producción, y una media hectárea de plátano en hijazon, el resto donde se encuentran los ocupantes es puro pasto y existen siete ranchos de zinc y madera; en cuanto a los linderos de dicho fundo coinciden con los linderos de la presente comisión, a excepción del lado Oeste donde actualmente existe una camaronera, la cual debió ser construida posteriormente. Las tierras que ocupan los campesinos están en un área aproximada de VEINTIDOS HECTAREAS ( 22 Has). Esta Jurisdicción le solicitó al Teniente Gamboa ordenara a los campesinos que se retiraran, y ante la negativa de éstos el Teniente manifestó no poder obligarlos por la fuerza, ya que su misión es la de resguardar al Tribunal. Así las cosas éste Tribunal se retira ante la imposibilidad de practicar la medida con efectividad; se deja constancia que solamente se identifico una ciudadana que dijo llamarse Deysi Ojeda y otro de nombre Luis Alberto Solarte, requeridoles el nombre de los que integran el listado que aparece en la Sentencia Definitiva, manifestaron su negativa a manifestarlo, alegando que habían algunos y otros de los presentes que no estaban en la lista. Así mismo se deja constancia que se encuentran presentes dos representantes del INTI, TERESA DEL CARMEN RODSRIGUEZ JIMENEZ, con Cédula de Identidad N° 11.717.752 y ALONSO ENRIQUE BARRIOS, con Cédula e Identidad N° 10.105.222, Especialista Del Área Legal y Procurador Agrario de la Zona Sur del Lago respectivamente. Enmendado: Agrario, de, valen.- Terminó, se leyó y conforme firman.-Menos los representante del INTI por negarse a hacerlo.-
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Parte Actora,
El Teniente David Gamboa,
Los Representantes del INTI,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE
DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Cruz de Zulia, Dos de Junio 2004
194 ° Y 145

Este Tribunal por auto de esta misma fecha, ordena devolver la presente comisión al Juzgado comitente, mediante oficio. Cúmplase.
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ.
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.

En la misma fecha conforme a lo ordenado se remite constante de sesenta y nueve ( 69) folios útiles, mediante oficio número 6150-089.-
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-