En horas de despacho del día de hoy LUNES, 07 DE JUNIO de dos mil Cuatro, siendo las DOS DE LA TARDE (02:00 P.M.) ,fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de juicio-Juez Unipersonal N° 02, relacionada con el Juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA sigue LILIANA DEL VALLE BOHORQUEZ contra el Ciudadano MIGUEL ANGEL ROMERO y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la Alcaldía del Municipio Maracaibo, se procedió a notificar a MIRIAM ZAMBRANO titular de la Cédula de Identidad Número V-7.794.011, con el carácter de ASESORA LEGAL a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano MIGUEL ANGEL ROMERO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-11.294.880 como trabajador al servicio de esa alcaldía y expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano MIGUEL ANGEL ROMERO, parte demandada, es Trabajador de la Alcaldía del Municipio Maracaibo.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de esta Alcaldía.- CUARTO: Determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”.- Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO: A) EL CIEN POR CIENTO (100%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, AHORRO Y CUALQUIER OTRA CANTIDAD QUE LE PUEDA CORRESPONDER AL CIUDADANO MIGUEL ANGEL ROMERO, COMO TRABAJADOR EN EL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO MARACAIBO, ESTADO ZULIA, EN CASO DE DESPIDO, RETIRO O CUALQUIER OTRA CAUSA QUE DE POR TERMINADA SU RELACION LABORAL Y ASI SE CONFIRMA.- Las cantidades a retener en el concepto establecido en el Literal “A” deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL NRO. 02, EXP 04994.- Asimismo se ordena solicitar información sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ :
EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA