REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ



En horas de Despacho del día de hoy, cuatro de Junio del año dos mil cuatro, siendo las 11:10 a.m., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las Oficinas de la Procuraduría del Estado Zulia, ubicada en el Edificio Don Diego, tercer piso, calle Obispo Lazo Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, comisionada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.02, con motivo del juicio de Reclamación Alimentaría, incoada por el Adolescente CARLOS ALBERTO ZAMBRANO ATENCIO, en contra: PEDRO ANTONIO ZAMBRANO PRADA, portador de la cédula de identidad No.V-5.853.467, a favor de los hermanos ZAMBRANO ATENCIO.-Presente el (a) ciudadano (a): ROBERTO VILLASMIL, portador de la cédula de identidad No.V—5.167.501,quién se identifico con el carácter de: ABOGADO SUSTITUTO.-Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, sobre A) El 30% mensual del sueldo que devenga el ciudadano: PEDRO ANTONIO ZAMBRANO PRADA, portador de la cédula de identidad Nro. V-5.853.467, como Funcionario Jubilado de la Policía Regional del Estado Zulia; B) El 30% anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le pueda corresponder al demandado de auto para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de navidad, C) El 50% de beneficios por primas por hijos, útiles escolares y juguetes que le puedan corresponder a dicho reclamado de autos, E) El 30% de cualquier otro ingreso, aumento o beneficio que le corresponda al demandado ciudadano. PEDRO ANTONIO ZAMBRANO PRADA.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B”, “C”, y “D” deberán ser entregados directamente al reclamante de auto: CARLOS ALBERTO ZAMBRANO ATENCIO o remitirlas al Juzgado de la causa en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO –JUEZ UNIPERSONAL No. 02, ubicado en la avenida 4 Bella Vista, entre calle 68 y 69, Edificio Arauca, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Que debe impartir ordenes para el cumplimiento de la anterior medida, la cual tiene carácter privilegiado sobre cualquier otra medida dado la naturaleza de la Materia. El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no funcionario jubilado de la Policía Regional del Estado Zulia, y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- Seguidamente este Tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada, y deja constancia que en la presente ejecución se le da cumplimiento a lo pautado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 26, en concordancia con el Artículo 254 Ejusdem en lo atinente a que el Judicial no esta facultado para establecer tasas, aranceles, no exigir pago alguno por su servicios, y así dan fe y lo hace constar las partes, los intervinientes y firmantes de la presente acta, que este Tribunal no ha recibido dadiva ni pago alguno, ni por este, ni por otro conceptos en la presente ejecución.- Es todo.- Terminó se leyó y conformen firman.- Concluyó el acto siendo las 11:25 A.M.
EL JUEZ,

ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS

EL (la) NOTIFICADO (a),

LA SECRETARIA

LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ

DAV/y.m.f.-
Comis. No. 2271-2004
Exped. No. 04025