REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
En horas de Despacho del día de hoy, veintiuno de junio de dos mil cuatro, siendo las dos de la tarde, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la medida de SECUESTRO, decretada por el JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la ciudadana: AIXIA PAZ DE BRICEÑO, portadora de la cédula de identidad No.V-3.651.928, contra del ciudadano: ELIAS ALFONSO TREMONT VARGAS, portador de la cédula de identidad NO.V-1.428.68.- Seguidamente este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación de la Apoderada Judicial de la parte actora, Abogada en ejercicio: INDIANA MARTINEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el No. 87.705, a la siguiente dirección: Urbanización Monte Bello, calle I-J, esquina avenida 7, específicamente en el Inmueble signado bajo el No. 08-98, en jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano: ELIAS ALFONSO TREMONT VARGAS quién es mayor de edad, venezolano, casado, portador de la cédula de identidad No.V-1.428.368 y de este domicilio, parte demandada en el presente juicio.- De inmediato este Tribunal procede a nombrar práctico al ciudadano: IGOR DELGADO HUERTA, quién es mayor de edad, venezolano, casado, Licenciado en Administración, portador de la cédula de identidad No.V-5.170.472, y de este domicilio, quién estando presente aceptó el cargo y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone el cargo recaído en su persona? Contestó: Si lo juro.- De igual forma este Tribunal procede a nombrar Secuestrataria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Sur del Lago C.A., representada en este acto por el ciudadano: RAFAEL ANDRADE RODRIGUEZ, quién es mayor de edad, venezolano, casado, Ingeniero Civil, portador de la cédula de identidad NO.V-5.073.208 y de este domicilio, quién estando presente aceptó el cargo y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone el cargo recaído en su persona? Contestó: Si lo Juro.- Acto seguido este Tribunal gira instrucciones al práctico nombrado al efecto a objeto que identifique y determine el inmueble objeto de la presente medida y hace de la manera siguiente: Tratese de un inmueble tipo casa quinta, ubicado en la dirección antes señalada, y las cual presenta la siguiente distribución interna: tres habitaciones, sala comedor, cocina, cuarto de servicio con baño, área de star posterior, comedor posterior, una sala sanitaria, área de lavandería, garaje techado con capacidad para dos vehículos, garaje en el a´rea exterior, capacidad para dos vehículos.- Dicho inmueble posee una cerca perimetral con mechones de concretos y bloque frisado y pintado y trabajo de herrería, dicha cerca posee dos portones peatonal y dos portones peatonal y dos portones para vehículos, puerta de madera en el acceso principal y salida posterior de la casa, ventana con tipo romanillas con protecciones, los pisos interiores de la casa son de granitos, paredes frisada y pintada, moldura de yeso en el área de la sala.- Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara, Secuestrada el bien inmueble antes descrito y hace entrega del mismo a la Depositaria Judicial prenombrada, quién estando presente su representante legal, RAFAEL JOSE ANDRADE RODRIGUEZ, antes identificado, declara recibirlo conforme a derecho y a los efectos de ley.- El Tribunal deja constancia que los bienes muebles no están efecto a la presente medida.- Este Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículos 254 y el único parágrafo del Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Se habilitó el tiempo necesario y jurada como fue la urgencia del caso.- Concluyó el acto siendo las cinco y treinta minutos de la tarde.- Terminó se leyó y conforme firman.-
EL JUEZ,
ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS
EL NOTIFICADO Y PARTE DEMANDADA,
LA EJECUTANTE,
EL PRACTICO,
EL REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL,
LA SECRETARIA,
LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ