En el día de hoy diez (10) de Junio de dos mil cuatro (2004), siendo las diez y cincuenta de la mañana (10:50am), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyo este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la Agencia 5 de Julio del Banco de Venezuela, ubicada en la calle 77 (5 de Julio9, Municipio Maracaibo del estado Zulia, sitio señalado por la Apoderada Judicial de la parte actora, abogada ENEIDA MORILLO. Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.512, a objeto de llevar a efecto la Medida Ejecutiva de Embargo decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DELESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), seguido por la Sociedad Mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA C.A. en contra del ciudadano JULIO JOSE NAVEDA BRAVO. Una vez constituido el tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana Yamelin Cristina Villalobos Acurero, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 8.500.098, quien dijo ser Gerente de Servicios encargada. Acto seguido presente la Apoderada Judicial de la parte actora, abogada Eneida Morillo, expuso: “Señalo para ser embargado el saldo que posea la Cuenta N° 160527469-5, perteneciente al demandado JULIO NAVEDA, todo hasta cubrir la suma decretada”. Acto seguido el tribunal solicita a la notificada que informe si existe en esta institución, la cuenta N°160577469-5, si la misma pertenece al ciudadano JULIO JOSE NAVEDA BRAVO, titular de la Cedula de Identidad N° 5.802.441, y si posee sal do suficiente para cubrir el monto requerido en este acto. Acto seguido la notificada expuso: “Si existe la Cuenta Corriente N° 160527469-5, y la misma pertenece a Julio José Naveda Bravo, y tiene un saldo disponible para este momento de DOS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 2.140.000,00)”. El tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Embargado Ejecutivamente, el monto arriba indicado, recibiendo en este acto de manos de la notificada Cheque de Gerencia N°00579076, de fecha 10/06/04, por el monto embargado en este acto. Se ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las once y treinta de la mañana (11:30am), del día de hoy.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL:
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:
|