REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA N° 3319
En el día de hoy veintiocho (28) de Junio de dos mil cuatro (2004) siendo las diez y treinta de la mañana se trasladó y constituyo el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, MIRANDA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble ubicado en la avenida Andrés Bello, Sector La Misión, parroquia Ambrosio en la ciudad de Cabimas, Municipio Cabimas del Estado Zulia, acompañado de los abogados en ejercicio CORRADO BRUNO CARUSO Y ANA KARINA DE BRUNO, inscritos en el INPREABOGADO bajo el Nro. 57.669 Y 60.711, actuando como apoderados judiciales de la parte actora, a objeto de ejecutar medida CAUTELAR de SECUESTRO, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO seguido por la ciudadana OLGA MARGARITA COELLO viuda de LEDESMA contra EDGAR ANTONIO RODRÍGUEZ MONTILLA Y LEDYS JOSEFINA ALVAREZ ALVAREZ. Seguidamente el tribunal una vez constituido en el lugar, no procedió a notificar a persona alguna, porque el inmueble se encontraba totalmente desocupado de personas y de bienes. En este estado los apoderados actores, ya identificados, exponen: Pedimos al Tribunal se sirva ejecutar la medida de Secuestro decretada por el juzgado de la causa, sobre el inmueble donde se encuentra constituido. Seguidamente el perito designado y juramentado en auto de esta misma fecha, ciudadano RAFAEL GUTIERREZ titular de la cedula de identidad Nro. 4.014.170, procede a determinar la identidad del bien inmueble a ser secuestrado y expuso: Se trata de un inmueble constituido por mejoras y bienhechurias fomentadas sobre una parcela de terreno ejido ubicada en la avenida Andres Bello, sector La Misión , parroquia Ambrosio, Municipio Cabimas del estado Zulia, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE; linda con propiedad que es o fue de Hugo Piña y mide 41,50 mts; Sur: Linda con propiedad que es o fue de Olga Ledesma y mide 41,50 mts; Este: Linda con Lago de Maracaibo y mide 12,60 mts y por el Oeste linda con avenida Andrés Bello y mide 12,60 mts. En dicho inmueble se encuentran construidos dos galpones de techos de zinc y estructura metálica, con sus respectivos pisos de cemento, con una oficina con paredes de bloque, techo de zinc, ventanas de hierro y vidrio y puerta de hierro con su respectiva sala de baño, sin las piezas sanitarias y piso de cemento, el terreno se encuentra cercado con alambre de ciclón.