REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, Doce (12) de Julio de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Vista la anterior transacción celebrada en fecha Diez (10) de Febrero del año en curso, mediante la cual la parte demandada, Sociedad Mercantil ROYAL VACATIÓN, C.A, representado por su Apoderado Judicial Dr. LUIS ARTURO MATA ORTÍZ, abogado en ejerce, titular de la cédula de identidad N° 9.307.267, de profesión abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.424, según consta de instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Novena de Chacao, del Estado Miranda, en fecha 31 de Marzo de 2003, anotado bajo el N° 44, Tomo 36 del año 2003, y por la otra parte la Dra. YOLINDA BERTI, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N| V-2.958.561, de éste domicilio en su carácter de apoderada del ciudadano WILIAM ERNESTO FRANCO GIL, en su condición de parte actora en el presente juicio celebraron transacción en el presente expediente N° 3631/00; éste Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con el artículo 10 de su Reglamento, le imparte su HOMOLOGACIÖN en los términos expuestos, por cuanto los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, versan sobre derechos disponibles y se adaptan a los criterios jurisprudenciales de la Sala Constitucional y Social del Tribunal Supremo de Justicia; pasa con autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente y remitir el mismo al Archivo Regional de ésta misma Circunscripción para su resguardo y cuido. Líbrese Oficio a la Coordinación Judicial del Trabajo de éste Estado a los fines legales consiguientes.-

LA JUEZ TEMPORAL
ELIDA SUÁREZ VÁLASQUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL
PAULA DÍAZ MALAVER







EXP: 3631/00