REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
193° y 144°
MARACAIBO, 21 DE JULIO DE 2004
RESOLUCION N° 375-04.- CAUSA N° 115-01
El presente proceso seguido contra del penado ALEXANDER ANTONIO YUJARE RINCON, ya identificado en actas, fue condenado por el Juzgado Superior Primero en los Penal de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 12-03-1999, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS, CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, por ser el Autor del delito de POSESION ILICITA DE ESTUPEFACIENTES y Coautor del delito de ROBO A MANO ARMADA, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y RAFAEL HUMBERTO LARES CASTILLO, respectivamente.-
Este Tribunal de Ejecución a los fines de constatar si se encuentra extinguida la pena principal por cumplimiento de la misma, en relación con el penado ALEXANDER ANTONIO YUJARE RINCON, quien en fecha 27-12-2001 este Tribunal le otorgó el beneficio de Libertad Condicional, hace las siguientes observaciones.
Por cuanto consta en actas, que el precitado penado, ha cumplido la pena principal el día 14-07-2004 y cumplirá la sujeción a la vigilancia de la autoridad como pena accesoria el 14-11-2006, considera este Tribunal de Ejecución procedente declarar la extinción de la pena principal por cumplimiento de la misma, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL por cumplimiento de la misma a favor del penado ALEXANDER ANTONIO YUJARE RINCON, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Y queda sujeto a la Vigilancia de la Autoridad como pena accesoria hasta el día 14-11-2006. En consecuencia se ordena librar Boleta de Citación al penado para el día 29-07-2004, a los fines de determinar la Intendencia por la cual se presentará mientras exista el cumplimiento de dicha pena accesoria. Notifíquese al Fiscal N° 27 del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal. Publíquese, Registrase y Notifíquese.
EL JUEZ SEXTO DE EJECUCION
ABOG. LUIS ARMANDO ROBLES
JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN
LA SECRETARIA,
ABOG HASSNA ABDELMAJID
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 375-04 en los Libros de Registros de Resoluciones llevado por el Tribunal, y se ofició bajo el Nro. 2825-04
LA SECRETARIA,
ABOG HASSNA ABDELMAJID
LAR/jvf
CAUSA N° 115-01.
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