REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA





JUZGADO DECIMO DE CONTROL

MARACAIBO 30 JULIO DE 2004.
194° Y 145°

DECISIÓN N° 743-04

Revisada como ha sido la presente CAUSA 10C-668-01, seguida en contra de los imputados RAMIRO GONZALEZ, Venezolano, Obrero, Soltero, CI 13.399.490, residenciado en el Barrio La Alfareria, casa sin número, Carretera Machiques, Parroquia Libertad, Municipio Machiques de Perijá, Estado Zulia; AGUSTIN GONZALEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, Edo Zulia, CI 16.352.149, sector el Tokuko, Carretera Machiques, Parroquia Libertad, Municipio Machiques de Perijá, Estado Zulia; RENILDO JOSE FERNANDEZ MONTIEL, Venezolano, natural de Maracaibo, Edo Zulia, Ci 16.352.149, soltero, residenciado en el Caserio, macoa, cerca del Abasto Muñequita, Km 114, carrera Machiques Parroquia Libertad, Municipio Machiques de Perijá, Estado Zulia; JUAN EPIAYU, Venezolano, CI Indocumentado, soltero, residenciado en la Hacienda EL CALVARIO, carrera Machiques, el Tokuko, Parroquia Libertad, Municipio Machiques de Perijá, Estado Zulia; ANTONIO GONZALEZ, Venezolano, soltero, CI. V-7.638.299, residenciado en el Barrio La Sabana, casa S/N, frente a la plazo los Chivos, Parroquia Libertad, Municipio Machiques de Perijá, Estado Zulia; ELIAS RAFAEL CASTILLO MONTIEL, Venezolano, titular de la CI 18.307.106, residenciado en el barrrio La Sabana, sector Alfareria, casa sin número, frente a la plaza los chivos, Parroquia Libertad, Municipio Machiques de Perijá, Estado Zulia, a quienes se le sigue CAUSA PENAL Nº 10C-668-01 por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES GRAVES, en perjuicio de JOSE CASTILLO FERNANDEZ, HELY CASTILLO, RAMIRO TOVAR Y ANTONIO GONZALEZ; se observa que en fecha 23 de abril de 2001 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Judicial Penal Circunscripción Judicial del Estado Zulia, se libró ORDEN DE APREHENSION.
Ahora bien, por cuanto hasta la presente fecha no se ha logrado la captura de los imputados mencionados, se acuerda ratificar las mismas y remitirlas con oficio a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Zulia, conjuntamente con la respectiva BOLETA DE DETENCIÓN PREVENTIVA, a los fines de la continuación del proceso que se le sigue, una vez lograda su detención.
Regístrese, publíquese y notifíquese.
Cúmplase.

FREDDY HUERTA RODRÍGUEZ
JUEZ DECIMO DE CONTROL

ABOG. SOLANGE VILLALOBOS
SECRETARIA
En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el No.743-04 y se ofició bajo el No. 1880-04

ABOG. SOLANGE VILLALOBOS
SECRETARIA



CAUSA 10C-668-01