REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA





JUZGADO NOVENO DE CONTROL
193° y 144°

MARACAIBO, 26 DE JULIO DE 2004

DECISION No. 867-04 CAUSA Nro. 9C-346-04

Visto el escrito presentado por la Dra. HAYDEE PAZ GONZALEZ, en su carácter de Fiscal Cuarta del Ministerio Público, en el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano DONALD LEVI ZAMBRANO VIVAS, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado para decidir observa:
Se inicia la presente averiguación, en virtud de las actuaciones practicadas por la Guardia Nacional, Destacamento de Fronteras, donde notifican que el día 27-03-04, se encontraban en control móvil en la carretera que conduce al Municipio La Cañada de Urdaneta, efectuaron la retención de un vehículo por presentar al momento suplantación de los seriales de identificación, el vehículo en cuestión era conducido por el ciudadano ZAMBRANO VIVAS DONALD LEVI.-
Ahora bien, del análisis efectuado a las presentes actuaciones considera este Juzgado que se evidencia en actas que la conducta asumida, no constituye delito alguno, pues no puede subsumirse dentro de los tipos penales previstos en el Código Penal. Es por lo que considera este Tribunal en funciones de Control, procedente en derecho la solicitud efectuada por la ciudadana Fiscal Cuarta del Ministerio Público, Dra. HAYDEE PAZ GONZALEZ, y en consecuencia procedente Decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en el numeral 2º del artículo 318 del Código Orgánico procesal penal. Y así se decide.-
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECERETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano DONALD LEVI ZAMBRANO VIVAS, de conformidad con lo establecido en el ordinal 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese, regístrese la presente Resolución y remítase al Archivo judicial en su oportunidad correspondiente.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
LA SECRETARIA

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ

En la misma fecha se registró la presente Resolución con el N° 867-04, y se libro Boleta de Notificación.


LA SECRETARIA

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ












Causa N° 9C-346-04.-
HCV/sirel